Oferta inicial igual al valor referencial, pese al requisito de ser menor
· hace 1 año
El informe registra que Juacham presentó un valor inicial de RD$5,600,000.00, igual al monto estimado del proceso que figura en el portal, y luego participó en la puja y obtuvo la recomendación de adjudicación. El mismo informe reproduce el requisito de que la oferta inicial fuera menor al valor referencial; conviene verificar el valor referencial aplicado y por qué se habilitó esa oferta inicial.
“La oferta económica inicial deberá ser presentada exclusivamente en línea a través del SECP, completando las casillas que se desplieguen. A tales fines, deben ajustarse a lo expuesto en este pliego respecto a las formalidades sobre el preci”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 143 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 143 — Apertura y evaluación de oferta económica inicial
Artículo 143. Apertura y evaluación de oferta económica inicial. El Comité de Compras y Contrataciones abrirá las ofertas económicas iniciales, las que serán evaluadas por los peritos designados, conforme con el pliego de condiciones del procedimiento, verificando que las ofertas económicas iniciales presentadas por los oferentes sean menores al presupuesto referencial de cada artículo del procedimiento. Párrafo. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones habilitará y notificará a los oferentes que hayan superado la etapa de evaluación de la oferta económica inicial y, automáticamente, el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) definirá el valor inicial de la puja o…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →