El documento, fechado el 9 de abril de 2025, solicita a Báez Rosario Value Accountancy & Firm, S.R.L. una propuesta para revisar procesos y optimizar el control interno de la CAASD, con un plazo de ejecución de doce meses. El pliego presenta dos horas distintas para el cierre de ofertas y establece condiciones de pago que se contradicen entre sí. También fija una garantía de fiel cumplimiento del 4 % sin mencionar la tasa reducida aplicable a las MIPYMES; según el portal, el proceso fue cancelado.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La carta fija el cierre a las 3:00 p. m., mientras el cronograma indica las 10:00 a. m. del mismo día. La diferencia puede afectar la recepción oportuna de propuestas; el reglamento exige plazos razonables y proporcionales en los procedimientos de excepción.
“Su oferta debe ser presentada el día 15 de abril del 2025, hasta las 3:00 P.M. ... 1.Presentación de ofertas 15 abril del 2025 hasta las 10:00A.M.” (págs. 1-2, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 148 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El documento establece pagos mensuales luego de recibir las facturas y, también, pagos parciales a noventa días de su entrega. La contradicción deja incierto el plazo efectivo de pago y puede afectar la preparación y comparación de las ofertas.
“Los pagos serán realizados de manera mensual mediante transferencia a la cuenta registrada por el beneficiario, luego de recibir las facturas cada cinco (5) días de cada mes. ... de forma parcial mediante transferencia a la cuenta registrad” (pág. 7, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego fija una garantía del 4 % de la adjudicación, pero no menciona que para las MIPYMES el Reglamento establece el 1 %. Aunque la convocatoria no está reservada a ese sector, las MIPYMES pueden participar y la exigencia general podría dificultarles acreditar la garantía correspondiente.
“Garantía de fiel cumplimiento de tipo póliza de fianza o garantía bancaria por el equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto” (pág. 6, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 201 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 201 — Monto de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 201. Monto de la garantía de fiel cumplimiento. El monto de la garantía de fiel cumplimiento de contrato u orden de compra será equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación, que será a su vez el monto del contrato u orden de compra. Si posterior a la firma del contrato se genera una modificación al monto del mismo, el adjudicatario deberá renovar la garantía de fiel cumplimiento de contrato en donde se garantice el nuevo monto establecido. Párrafo. Para el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el monto de la garantía de fiel cumplimiento será equivalente al uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación. Si posterior a la firma del…
Báez Rosario Value Accountancy & Firm, S.R.L.Destinataria de la solicitud de propuesta; el documento no consigna que haya presentado oferta ni que haya sido adjudicada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona