Publicado el 11 abr de 2025Fechado el 1 abr de 20258 páginasEn el mensaje «Acta Núm. 0145-2025 INABIE-CCC-LPN-2025-0036 2da Enmienda Pliego de condiciones»
El Acta núm. 0145-2025, de fecha 2025-04-02, aprueba la primera enmienda al pliego de la licitación INABIE-CCC-LPN-2025-0036. Modifica la descripción de los lugares de ejecución y el inicio del plazo de 12 meses, elimina la disposición sobre el presupuesto base como referencia para evaluar la sustentabilidad económica y establece que la oferta total sea RD$31,500,000, incorporando además criterios de evaluación económica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda exige que la oferta económica se presente por el total del monto estimado, RD$31,500,000; según los datos del portal, las dos ofertas registradas son exactamente por ese monto. Aunque el acta indica que la comparación se hará mediante tarifarios, conviene verificar cómo se comparan y agregan esos precios unitarios cuando el total ofertado debe ser idéntico.
“Su propuesta económica deberá ser presentada por el total del monto estimado del proceso, el cual asciende a treinta y un millones quinientos mil pesos 00/100 (RDS31,500,000.00), ya que será un contrato a requerimiento conforme a las necesi”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la referencia del presupuesto base como control para evaluar la sustentabilidad económica de las ofertas; el acta expresa que no se descalificará por ese motivo..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Sección I, numeral 4: presupuesto base o valor referencialEliminación del presupuesto base y de la evaluación de sustentabilidad económica
El pliego consignaba un presupuesto base de RD$31,500,000 obtenido de estudios previos.
La enmienda elimina ese numeral porque no se ponderará la sustentabilidad económica de la propuesta ni se descalificará por esos motivos.
RelajaQuita un control: Se elimina la referencia del presupuesto base como control para evaluar la sustentabilidad económica de las ofertas; el acta expresa que no se descalificará por ese motivo.
Sección I, numeral 5: lugar de ejecución del servicioEspecificación de las localidades de ejecución
El servicio se ejecutaría en diferentes localidades a nivel nacional donde fuera requerido.
Se sustituye la descripción general por una relación de localidades provinciales y distancias desde el almacén.
Aclara
Sección I, numeral 6: tiempo de ejecución del servicioInicio del plazo de ejecución
El servicio tendría un plazo de doce meses, sin precisar en este texto el hecho que inicia el cómputo.
El plazo de doce meses se computará a partir de la formalización del trámite de registro del contrato ante la Contraloría General de la República.
Aclara
Sección I, numeral 11.2.3, oferta económica «Sobre B»Monto total de la oferta económica
La oferta debía presentarse por el monto total del presupuesto base o valor referencial de RD$31,500,000.
La oferta debe presentarse por el total del monto estimado del proceso, RD$31,500,000, para un contrato a requerimiento.
Aclara
Evaluación de la propuesta económicaMetodología y criterio de evaluación económica
El fragmento de las condiciones citado en el acta no incluía esta metodología ni el criterio comparativo.
Se incorpora la metodología Cumple/No Cumple para verificar los documentos económicos y el criterio de ser la oferta más económica según el tarifario por distancias y tipo de vehículo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona