El Comité de Compras y Contrataciones de la DIDA aprobó el informe pericial y adjudicó el procedimiento de excepción por selección directa DIDA-CCC-PEPB-2025-0001, compuesto por 62 ítems, en acta del 9 de abril de 2025. El acta fija el total adjudicado en RD$24,951,147.67 y ordena notificar a los adjudicatarios, solicitar las garantías aplicables y gestionar la apropiación presupuestaria y los contratos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución 5 instruye solicitar la apropiación presupuestaria correspondiente después de que la misma acta adjudica el proceso. El Reglamento dispone que no se inicie ni convoque un procedimiento sin certificación de apropiación; la instrucción posterior hace necesario verificar cuándo se emitió y publicó la certificación, sin que por sí sola pruebe que no existía antes.
“Se instruye a la Direcci6n Administrativa a solicitar a la Direcci6n Financiera apropiaci6n presupuestaria correspondiente a este procedimiento”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El acta adjudica RD$8,687,160 a Westcastle Corporation y RD$4,720,000 a Visual Image; ninguno aparece en los contratos aportados del portal, aunque allí sí constan otros contratos del proceso. Puede tratarse de información incompleta o desactualizada, pero conviene verificar la formalización y publicación de esos contratos y la trazabilidad de los importes adjudicados.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona