La resolución atribuye la exclusividad a referencias legales incorrectas
· hace 1 año
La parte resolutiva invoca el artículo 6, párrafo 5, de la Ley 340-06 como fundamento de la exclusividad; la Ley 6-21 incorporó en ese numeral la exclusión para vacunas durante emergencias, mientras que la exclusividad figura en el artículo 6, párrafo I, numeral 3. También atribuye la creación del procedimiento al artículo 54 de la Ley 340-06, aunque el artículo 54 del Reglamento 416-23 es el que regula la exclusividad. La resolución sí cita correctamente este último en otros pasajes, por lo que corresponde verificar si se trata de errores de cita o si afectaron la motivación jurídica de la decisión.
“PRIMERO (1): El Comité de Compras y Contrataciones, decide acogerse a lo establecido én el artículo 6 del párrafo 5 de la Ley 340-06 y el artículo 54 del Reglamento de Aplicación 416-23, sobre Compras y Contrataciones; a los fines de realiz”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 6 · Ley 6-21, art. 1 · Reglamento 416-23, art. 54 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 6
ART. 6. Se excluyen de la aplicación de la presente ley los procesos de compras y contrataciones relacionados con: 1) Los acuerdos de préstamos o donaciones con otros Estados o entidades de derecho público internacional, cuando se estipule en dichos acuerdos, en cuyos casos se regirán por las reglas convenidas, en caso contrario se aplicará la presente ley. 2) Operaciones de crédito público y la contratación de empleo público, que se rigen por sus respectivas normas y leyes; 3) Las compras con fondos de caja chica, las que se efectuarán de acuerdo con el régimen correspondiente; 4) La actividad que se contrate entre entidades del sector público. PÁRRAFO. Serán considerados casos de…
Ley 6-21, artículo 1
Artículo 1.- Se agrega un numeral 5 al artículo 6 de la Ley No.340-06, del 18 de agosto de 2006, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, con la siguiente exclusión a la aplicación de dicha ley: “5) Vacunas en caso de pandemia, peligro de epidemia o epidemia declarada, para su tratamiento y erradicación, en el marco de un Estado de Excepción en su modalidad de Estado de Emergencia, conforme a la ley”.
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
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