La Circular núm. 1, fechada el 9 de abril de 2025, responde consultas sobre planos, coordenadas y especificaciones técnicas, y aclara requisitos de documentación, equipos, evaluación financiera y personal clave. También señala que el bote de material inservible podría incorporarse mediante adenda y que los gaviones omitidos del listado de partidas de la Etapa 3 se consideren para agregar como adenda.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular consigna que los planos incluyen muros de gaviones en un tramo de la Etapa 3, pero que la partida fue omitida; la respuesta solo propone considerar su inclusión mediante adenda. La diferencia entre planos y listado puede afectar la definición y comparación del alcance y de los precios; conviene verificar si se publicó una adenda con cantidades y condiciones definitivas.
“Por omisión no se encuentra en el listado de partidas, considerar agregarla como adenda.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La respuesta permite incluir el bote del material inservible en «Movimiento de tierras» como adenda, pero condiciona su aplicación a que el material sea inservible. Conviene verificar cómo se definieron y comunicaron las cantidades y el precio aplicables, pues la circular no los precisa.
“Se ha contemplado el relleno con material producto de excavación previa, si resulta ser material inservible, el Bote puede incluirse en la partida "Movimiento de tierras" como adenda.”
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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Ante una consulta sobre la sustitución de una compuerta de 1.00 x 0.80, la respuesta indica que posiblemente no sea exactamente esa compuerta. Esa incertidumbre sobre el elemento a sustituir puede dificultar que los oferentes calculen y comparen el alcance técnico y económico; conviene comprobar cómo se identificó finalmente en los planos o especificaciones.
“Posiblemente no sea exactamente esta compuerta.”
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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Cambios que introduce (8)
Sección
Antes
Después
Efecto
Documentación técnica, Sobre AFormulario SNCC.F.035
El formulario estaba incluido entre los formularios editables, aunque no se mencionaba en el pliego.
La circular indica que no es necesario presentarlo.
Aclara
Documentación financieraVerificación de estados financieros
El pliego solicitaba estados financieros de los dos últimos ejercicios y la consulta indicaba que la frase sobre lo que se verificaría parecía inconclusa.
La circular precisa que se verificará el índice financiero.
Aclara
Documentación técnica, equiposEquipos requeridos
El formulario SNCC.F.036 incluía equipos no detallados en la lista del pliego.
La circular indica presentar los equipos solicitados en el pliego y tratar los del formulario como ejemplo.
Aclara
Documentación técnica, personal claveBrigada topográfica
Se consultó si el topógrafo sería el único integrante con título académico de grado y si se completarían los formularios para esa persona.
La circular confirma que esa persona será el encargado de la brigada topográfica.
Aclara
Especificaciones técnicasGeotextil para muros de gaviones
La consulta solicitaba las especificaciones aplicables al geotextil.
Se especifica geotextil no tejido de poliéster, de 200 g/m².
Aclara
Etapa 3, listado de partidasGaviones omitidos
El consultante indicó que los planos contemplaban muros de gaviones en el tramo E-10+520 a E-10+700, pero que no aparecían en el listado de partidas.
La respuesta señala que, por omisión, no están en el listado y propone considerar agregarlos como adenda; no indica cantidades ni precio revisados.
Aclara
Etapa 3, movimiento de tierrasBote de material inservible
No se identificaba en la consulta una partida específica para retirar el material sobrante que resultara inservible.
La respuesta indica que el bote puede incluirse en «Movimiento de tierras» como adenda, si el material resulta inservible.
Aclara
Presentación física de la ofertaCopia digital en memoria USB
Se consultó si, además de presentar documentos en físico, debía entregarse una memoria USB.
La circular requiere que la documentación presentada en físico también se entregue en una memoria USB.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona