El Comité de Compras y Contrataciones del MINERD aprobó el informe consolidado y adjudicó el lote 1 a Editora Corripio, SAS, por RD$1,123,920.00, y el lote 2 a Inversiones Globama, SRL, por RD$9,474,644.80. El acta está fechada el 17 de marzo de 2025 y ordena elaborar los contratos y publicar la decisión.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$1,123,920.00 a Editora Corripio y RD$9,474,644.80 a Globama, mientras el portal registra contratos por RD$1,197,403 y RD$9,475,919, respectivamente. Las diferencias son RD$73,483 y RD$1,274; conviene verificar los contratos formalizados y si esos importes reflejan modificaciones posteriores o discrepancias de registro.
“por un monto de UN MILLÓN CIENTO VEINTITRÉS MIL NOVECIENTOS VEINTE PESOS DOMINICANOS CON 00/100, (RD$ 1,123,920.00) … por un monto de NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS DOMINICANOS CON 80/1”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
Globama fue adjudicataria del lote 2 por RD$9,474,644.80. Según el RPE consultado el 28/09/2026, su rubro registrado es Obras, y según la DGII consultada el 27/09/2026 su actividad es venta al por mayor de mercancías; son datos actuales y no prueban cuál era su registro o capacidad al adjudicarse en 2025, pero ameritan verificar sus credenciales vigentes entonces.
“ADJUDICAR, a la empresa, INVERSIONES GLOBAMA, S.R.L., RNC, el lote 2”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
La Enmienda 1, según el resumen del expediente, programó la adjudicación para el 12/03/2025; el acta de adjudicación está fechada el 17/03/2025. La diferencia de cinco días calendario merece comprobarse contra cualquier actualización del cronograma, sin que el desfase por sí solo establezca una irregularidad.
“siendo la diez horas y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.) del día diecisiete de (17) del mes de marzo del año dos mil veinticinco (2025)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
FOTOMEGRAF, S.R.L.La evaluación consignada indica que cumple con los requisitos de la garantía de seriedad de la oferta; no consta adjudicación.
Habilitado
Lotes 1 y 2
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CONSORCIO IMPRENTA GROUP (CONIMPREGROUP)La evaluación indica que su póliza no cubre el 1 % requerido (diferencia de RD$14,493.20) y no presenta las condiciones exigidas en el pliego.
COMPRISA PAPEL Y PAPELES, S.R.L.La evaluación consignada indica que cumple con los requisitos de la garantía de seriedad de la oferta; no consta adjudicación.
Habilitado
Lotes 1 y 2
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GROWING TEAM, S.R.L.La evaluación consignada indica que cumple con los requisitos de la garantía de seriedad de la oferta; no consta adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona