Montos distintos entre adjudicación y registros posteriores
· hace 1 año
El acta adjudica por RD$13,023,565.88, mientras que el resumen de otra acta de adjudicación del proceso registra RD$13,023,504.88 y el portal consigna un contrato posterior por RD$9,066,620, precedido por otro cancelado de RD$13,023,566. Las diferencias pueden corresponder a actuaciones posteriores o a ajustes, pero ameritan conciliar el monto adjudicado con el contrato vigente y sus antecedentes.
“ADJUDICA a la empresa: CAGLIARI GROUP, S.R.L, por haber este presentado una propuesta conveniente a la satisfacción del interés general, por un monto total de Trece millones veintitrés mil quinientos sesenta y cinco con 88/100 centavos (RD$”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 28 · Reglamento 416-23, art. 171 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 28
ART. 28. El contrato, para considerarse válido, contendrá cláusulas obligatorias referidas a: antecedentes, objeto, plazo, precio, ajuste de precios, equilibrio económico financiero, garantías, modificación, terminación, resolución, arbitraje, nulidad, sanciones y bonificaciones, si ello se ha acordado, liquidación, solución de controversias, y las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la contratación y con las condiciones que establezca el reglamento de la presente ley. PÁRRAFO I. El reglamento establecerá las características formales del contenido de las órdenes de compra y de servicio. PÁRRAFO II. En el caso de que sea necesaria la devolución de valores avanzados por la…
Reglamento 416-23, artículo 171 — Documentos que se integran al contrato
Artículo 171. Documentos que se integran al contrato. Formarán parte del contrato o de la orden de compra o servicio, el pliego de condiciones y sus anexos, la oferta técnica y económica y el cronograma de entrega adjudicados.
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