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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

ANEXO 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICA FICHAS TÉCNICAS.pdf

Servicio de Mantenimiento Preventivo, Desabolladura y Pintura para Flotilla Vehicular fuera de Garantía. · Superintendencia de Electricidad

Publicado el 28 mar de 2025Fechado el 2 feb de 20257 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SIE-CCC-LPN-2025-0002

Lo que dice

La ficha técnica, fechada el 3 de febrero de 2025, establece requisitos y alcances para contratar por un año el mantenimiento preventivo y correctivo, desabolladura y pintura de la flotilla vehicular fuera de garantía de la Superintendencia de Electricidad. Exige experiencia previa, ubicación de talleres en el Distrito Nacional y equipamiento mínimo, y dispone evaluar las ofertas bajo la modalidad cumple/no cumple. La adjudicación se describe como «por ítems o proveedor», sin precisar en la ficha una regla inequívoca para esa asignación.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Experiencia exigida en los sectores público y privado

Documento del 28 mar 2025 · hace 1 año

La ficha exige al menos dos años demostrables con cartas gubernamentales y tres años con cartas del sector privado. Para un servicio anual cuyo monto estimado es RD$6,000,000, la exigencia acumulada puede reducir la participación; conviene verificar su proporcionalidad y la disponibilidad de oferentes que puedan acreditarla.

“Formulario (SNCC.F.049) Experiencia Como Contratista Mínimo de 2 años demostrables con cartas gubernamental, vigencia máxima de 12 meses Formulario (SNCC.F.049) Experiencia Como Contratista Mínimo de 3 años demostrables con cartas del secto”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentos

Condiciones de ubicación e infraestructura del taller

Documento del 28 mar 2025 · hace 1 año

Se exige que los talleres estén en el área metropolitana del Distrito Nacional y que cuenten, entre otros equipos, con dos elevadores y dos máquinas de alineación y balanceo. Aunque la ficha también prevé inspección y atención de la flotilla, corresponde revisar si la ubicación y cada equipo mínimo son proporcionales a la prestación y no limitan innecesariamente la competencia.

“Los proveedores deberán tener una ubicación de los talleres en el área metropolitana del Distrito Nacional … Debe contar mínimo con: 2 elevadores sobre piso y 2 máquinas de alineación y balanceo, también debe contar con máquina de lavado”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Regla de adjudicación descrita de forma ambigua

Documento del 28 mar 2025 · hace 1 año

La ficha afirma que la oferta se adjudicará «por ítems o proveedor», sin precisar cuál de las dos formas aplica ni cómo se determinaría la asignación. Esa ambigüedad puede dificultar que los oferentes preparen ofertas comparables y que se verifique la aplicación de la regla de adjudicación.

“La oferta será adjudicada al principio por ítems o proveedor”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Otros documentos del proceso (24)

  • SOLICITUD.pdfSolicitud de compra · 28 mar de 2025 · 1 señal
  • PLIEGO DE CONDICIONES.pdfPliego · 28 mar de 2025 · 2 señales
  • ACTA DE APROBACIÓN DE PROCEDIMIENTO Y DESIGNACIÓN DE PERITOS.pdfInforme pericial · 28 mar de 2025
  • ACTA DE APROBACIÓN DE PROCEDIMIENTO Y DESIGNACIÓN DE PERITOS.pdfInforme pericial · 28 mar de 2025
  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 28 mar de 2025
  • FORMULARIO SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 28 mar de 2025
  • Formulario de presentacion oferta F.033.docxDocumento · 28 mar de 2025
  • CONTRATO DE EJECUCIÓN DE SERVICIOS SIE (MODELO) SNCC. C. 024.docxContrato · 28 mar de 2025
  • FORMULARIO SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 28 mar de 2025
  • SNCC_D038_Garantia_GFC.docxDocumento · 28 mar de 2025
  • FORMULARIO DE DEBIDA DILIGENCIA SIE-DAJ-FOR-2.xlsxDebida diligencia · 28 mar de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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  • ACTA DE ADJUDICACIÓN.pdfActa de adjudicación · 21 ago de 2025 · 1 señal
  • ACTA DE ADJUDICACIÓN.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTA DE ADJUDICACIÓN.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTO NOTARIAL APERTURA DE OFERTAS SOBRE B.pdfDocumento · —
  • CONTRATO COMERCIAL DANIEL LUCIANO.pdfContrato · —
  • INFORME EVALUACIÓN ECONÓMICA.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —