El acta del 24 de marzo de 2025 aprueba el informe pericial y adjudica a Arteluz, SRL, RD$3,125,230.00 en el proceso CEA-CCC-CP-2025-0002, para servicios de montaje dirigidos a MIPYMES. Registra como habilitados a Arteluz y Alegre Eventos, SRL, pero consigna la adjudicación bajo el ítem 1, aunque el portal identifica dos ítems para el servicio.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (9 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta asigna RD$3,125,230.00 a Arteluz bajo el ítem 1. Según el portal, el ítem 1 se estimó en RD$1,700,000 y el proceso también incluye un ítem 2 de RD$2,200,000; conviene verificar si el importe adjudicado cubre ambos servicios o si la asignación al ítem 1 es correcta.
“2. Proceder a la adjudicación de los renglones requeridos, quedando de la siguiente manera: PROVEEDOR MONTO ADJUDICADO ITEM RD$3,125,230.00 1 ARTELUZ, SRL”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Aunque el acta indica que los criterios estaban establecidos en el pliego, su justificación final se limita a afirmar que la oferta cumplía las especificaciones y era económicamente más favorable. El artículo 133 exige especificar los criterios previamente definidos que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
“La presente adjudicación se realiza al oferente que además de c\ técnicas requeridas y documentaciones presentadas, económi^ institución.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona