La integración del comité consignada excede los cinco miembros previstos
· hace 1 año
El acta identifica a seis integrantes del Comité, incluyendo a una Oficial de Cumplimiento además de los representantes de las áreas señaladas. El artículo 9 del Reglamento 416-23 establece una conformación de cinco miembros; conviene verificar la integración y participación efectiva del comité en esta decisión.
“Ricar Rodríguez, que actúa en su calidad de presidente del comité delegado por el Sr. Fernando Durán, Administrador General; Marlyn Rosario, Directora Jurídica; Joalrobrit L. De La Rosa, Gerente de Tesorería; Hipólito Bazil, Director de Pla”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
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