El acta administrativa CC-2025-0035, de 2025-02-28, aprueba una Licitación Pública Nacional para el suministro de combustible y designa cinco peritos para preparar las especificaciones y evaluar las ofertas. Consigna un presupuesto total de RD$39,999,841.50, de los cuales RD$10,000,000.00 se ejecutarían en 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta fija un presupuesto de RD$39,999,841.50, pero consigna que en 2025 se ejecutarían RD$10,000,000.00. Dado que la prestación prevista es por doce meses, conviene verificar la apropiación y programación presupuestaria para el saldo, sin que este documento permita concluir que falten fondos para años posteriores.
“se establecerá por un valor presupuestado de TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO PESOS DOMINICANOS CON 50/100 (RD$39,999,841.50), de los cuales, para el año 2025 se utilizará (ejecutarán) DIEZ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Al justificar la solicitud, el acta alude a requerimientos nutricionales y calóricos, aunque el objeto es el suministro de combustible para la flotilla. Podría existir una relación logística no explicada en este documento; conviene contrastarla con los estudios previos que fundamentan la necesidad.
“la solicitud de contratación para el "SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE MEDIANTE TARJETAS ELECTRÓNICAS RECARGABLES PARA CONSUMO OPERATIVO DE LA FLOTILLA VEHICULAR DEL INAIPI" realizada por la División de Almacén y Suministro de esta institución se ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona