El pliego establece una comparación de precios para adquirir equipos de cocina, con recepción de ofertas hasta el 2 de abril de 2025 y adjudicación prevista hasta el 25 de abril. Fija un presupuesto base de RD$4,800,000, mientras que el portal registra un monto estimado de RD$5,600,000; según el portal y la documentación relacionada, el proceso fue cancelado el 1 de abril de 2025. El pliego contiene requisitos de participación y cláusulas de recepción, pago y recursos que ameritan revisión por su alcance o por las diferencias con el Reglamento 416-23.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego establece cinco días hábiles para impugnarlo, mientras que el Reglamento prevé diez días hábiles para el recurso de impugnación. La diferencia puede acortar el plazo que los interesados tienen para cuestionar las bases.
“El plazo para los(as) interesados(as) impugnar el pliego de condiciones es de 5 días hábiles a partir de la convocatoria del procedimiento en el SECP; mientras que para los (as) oferentes presentar las acciones descritas será a partir de la” (pág. 51)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 215 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación
Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…
El pliego establece una garantía del 4% sin señalar la excepción aplicable a las MIPYMES, para las que el Reglamento fija un 1%. Como las MIPYMES pueden participar también en procedimientos no reservados, la cláusula puede generar incertidumbre sobre el monto que deben garantizar.
“En esos casos, corresponderá al adjudicatario(a) presentar en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles una garantía de tipo: Póliza de Fianza o Garantía Bancaria por el equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación.” (pág. 34)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 201 · Reglamento 416-23, art. 155 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 201 — Monto de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 201. Monto de la garantía de fiel cumplimiento. El monto de la garantía de fiel cumplimiento de contrato u orden de compra será equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación, que será a su vez el monto del contrato u orden de compra. Si posterior a la firma del contrato se genera una modificación al monto del mismo, el adjudicatario deberá renovar la garantía de fiel cumplimiento de contrato en donde se garantice el nuevo monto establecido. Párrafo. Para el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el monto de la garantía de fiel cumplimiento será equivalente al uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación. Si posterior a la firma del…
Reglamento 416-23, artículo 155 — De la adquisición de bienes y servicios a MIPYMES
Artículo 155. De la adquisición de bienes y servicios a MIPYMES. Los entes u órganos contratantes fomentarán que en los procedimientos dirigidos exclusivamente a MIPYMES, los bienes y servicios a adquirir serán de origen, manufactura o producción industrial. El pliego de condiciones indicará de manera detallada la referencia y especificaciones de los bienes y servicios. Párrafo: Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) podrán participar en los procedimientos ordinarios libremente y en cualquiera de las modalidades de selección recibirán por concepto de anticipo el veinte por ciento (20 %) del valor de contrato u orden de compra o de servicio adjudicada, además de aplicarle una…
El pliego da hasta 60 días hábiles para la recepción conforme y excluye cualquier interés por retrasos en los pagos. Aunque el Reglamento permite establecer un plazo distinto al ordinario para la recepción, la combinación puede prolongar la espera de pago y debe contrastarse con las condiciones contractuales sobre intereses aplicables por mora.
“Si el suministro de bienes fue acorde con las especificaciones técnicas, la institución deberá formalizarla mediante la recepción conforme en un plazo Sesenta (60) días hábiles, a partir del día siguiente de notificada entrega de los bienes” (pág. 38)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 186 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 186 — Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios
Artículo 186. Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios. La recepción conforme se otorgará dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles salvo que en el pliego de condiciones o en el contrato se estableciera uno distinto. dicho plazo comenzará a correr a partir del día hábil inmediato siguiente al de la fecha de entrega de los objetos comprados o contratados o al del vencimiento del período que se hubiera establecido en el pliego de condiciones o en el contrato. una vez vencido el plazo establecido para la conformidad, el proveedor podrá intimar la recepción. si la institución contratante no se pronunciara dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al de la recepción…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El requisito enumera cuatro actividades comerciales del RPE como condición de participación. Exigirlas conjuntamente puede excluir a proveedores con capacidad para suministrar parte de los bienes, por lo que conviene verificar su necesidad y proporcionalidad respecto del objeto y la adjudicación por ítem.
“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial Industrias del metal y de minerales, Muebles comerciales e ” (pág. 18)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
La lista de documentación legal incluye la certificación MIPYME sin condición, pero la matriz de evaluación añade «Si aplica». La contradicción deja incierto si se exige a todos los oferentes o solo a quienes se presentan como MIPYMES y puede afectar la preparación o evaluación de ofertas.
“Certificación vigente emitida por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) que la clasifique dentro de la categoría de micro, pequeña o mediana empresa (MIPYMES). … Certificación vigente emitida por el Ministerio de Industria y Comercio ” (págs. 18-24)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona