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Abriendo la ficha…

Pliego

7.DGII-CCC-LPN-2025-0002 Pliego Bases de Condiciones.pdf

Contratación de Empresa de Seguridad Física y Vigilancia Privada para Prestar Servicio en la Sede Central DGII por dos (2) años. · Dirección General Impuestos Internos

Publicado el 24 mar de 202539 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DGII-CCC-LPN-2025-0002

Lo que dice

El pliego establece las condiciones para contratar por dos años servicios de seguridad física y vigilancia privada en la sede central de la DGII, con presupuesto base de RD$45,789,253.20, impuestos incluidos. Prevé recibir ofertas hasta el 9 de mayo de 2025 y evaluarlas bajo criterios de cumple/no cumple, con adjudicación total al menor precio entre las ofertas técnicamente habilitadas.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Penalidades diarias calculadas sobre el monto total del contrato

Documento del 24 mar 2025 · hace 1 año

Para varios incumplimientos el pliego establece penalidades escalonadas de 1%, 1.5% y 2% del monto total contratado por día o fracción de día, sin fijar un tope acumulado en las cláusulas citadas. Por su magnitud potencial, conviene verificar su proporcionalidad y cómo se aplican los tramos para evitar incertidumbre económica entre oferentes y durante la ejecución.

“Si LA PRESTADORA DEL SERVICIO no obtempera con lo requerido, transcurrido este plazo adicional otorgado, se le aplicará una penalidad del uno por ciento (1%) del monto total contratado por cada día o fracción de día calendario en que no se ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 28 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 28

ART. 28. El contrato, para considerarse válido, contendrá cláusulas obligatorias referidas a: antecedentes, objeto, plazo, precio, ajuste de precios, equilibrio económico financiero, garantías, modificación, terminación, resolución, arbitraje, nulidad, sanciones y bonificaciones, si ello se ha acordado, liquidación, solución de controversias, y las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la contratación y con las condiciones que establezca el reglamento de la presente ley. PÁRRAFO I. El reglamento establecerá las características formales del contenido de las órdenes de compra y de servicio. PÁRRAFO II. En el caso de que sea necesaria la devolución de valores avanzados por la…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Prohibición amplia a empresas con accionistas coincidentes

Documento del 24 mar 2025 · hace 1 año

El pliego impide que participen simultáneamente empresas que compartan cualquier socio o accionista, sin limitar la exclusión a control común, coordinación o conflicto de interés. La regla puede excluir a entidades jurídicamente distintas y reducir la competencia efectiva.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Texto oficial completo

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Umbral de oferta temeraria expresado de forma contradictoria

Documento del 24 mar 2025 · hace 1 año

El pliego primero fija como umbral un precio inferior al 15% del valor referencial y luego describe el criterio como inferior a «un veinte por ciento (15%)». Además, no queda claro si se compara con el 15% del presupuesto o con una reducción del 15% respecto de este; la ambigüedad puede incidir en la descalificación de ofertas económicas.

“Si el precio de la oferta es inferior al 15% del valor referencial (precio base) del monto general, se considera no sustentable o temerario, de acuerdo con lo establecido por el reglamento 406-23, lo que implica que la oferta será objeto de”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

El pliego mezcla licitación pública y comparación de precios

Documento del 24 mar 2025 · hace 1 año

Aunque el documento se identifica como Licitación Pública Nacional, en el apartado de recepción de ofertas llama al proceso «Comparación de Precios». La referencia parece inconsistente con la modalidad indicada en la portada y el expediente; conviene confirmar cuál denominación se aplicó, pues las modalidades tienen reglas distintas.

“De conformidad con el artículo 114 del Reglamento 416-23 este procedimiento de Comparación de Precios para el Contratación de Empresa de Seguridad Física y Vigilancia Privada para Prestar Servicio en la Sede Central DGII con el número de Re”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 15 · Ley 340-06, art. 16 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 15

ART. 15. Las actuaciones que se listan a continuación deberán formalizarse mediante un acto administrativo: 1) La convocatoria y determinación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de los pliegos de condiciones; 3) La calicación de proponentes en los procesos en dos etapas en los aspectos de idoneidad, solvencia, capacidad y experiencia; 4) Los resultados de análisis y evaluación de propuestas económicas; 5) La adjudicación; 6) La resolución de dejar sin efecto o anular el proceso en alguna etapa del procedimiento o en su globalidad, así como de declarar desierto o fallido el proceso; 7) La aplicación de sanciones a los oferentes o contratistas; 8) Los resultados de los actos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 16

ART. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son: 1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. Las licitaciones públicas serán internacionales en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral…

Otros documentos del proceso (33)

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  • 2.DGII-CCC-LPN-2025-0002-Certificación de Fondos.pdfCertificación de fondos · 21 mar de 2025
  • 3.DGII-CCC-LPN-2025-0002- Formulario de Estudios Previos.pdfEstudio previo · 21 mar de 2025 · 1 señal
  • 4.DGII-CCC-LPN-2025-0002-Acto Administrativo de Aprob. Peritos..pdfInforme pericial · 24 mar de 2025
  • 5.DGII-CCC-LPN-2025-0002- Acto Administrativo de Inicio.pdfPliego · 24 mar de 2025
  • 6.DGII-CCC-LPN-2025-0002-Dictamen Juridico.pdfDictamen · 24 mar de 2025
  • 8.DGII-CCC-LPN-2025-0002-Aviso de Convocatoria.pdfDocumento · 24 mar de 2025
  • Anexo-DGII-CCC-LPN-2025-0002-Especificaciones Técnicas.pdfPliego · 24 mar de 2025 · 6 señales
  • Anexo. Compromiso Ético del Comité.pdfDocumento · 24 mar de 2025
  • Anexo- DGII-CCC-LPN-2025-0002-Borrador de Contrato- B-009-2025.pdfContrato · 24 mar de 2025
  • Anexo . Experiencia Profesional Principal (SNCC.D.048).docx

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Documento · 24 mar de 2025
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  • Anexo 2. Formulario Información oferente (SNCC.F.042).docxDocumento · 24 mar de 2025
  • Anexo 3. SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 24 mar de 2025
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal.docxDocumento · 24 mar de 2025
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 24 mar de 2025
  • SNCC_F037_Personal_Oferente.docxDocumento · 24 mar de 2025
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docxDebida diligencia · 24 mar de 2025
  • Cuadro Consolidado de Precios.xlsxDocumento · 24 mar de 2025
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