El acta núm. 01-0475, fechada el 24 de marzo de 2025, adjudica el lote 1 del proceso CEAASNA-CCC-CP-2025-0001 a Santo Domingo Motors Company, SA, por RD$3,068,977.00, impuestos incluidos. Registra que Santo Domingo Motors fue el único oferente habilitado para abrir la oferta económica; el monto supera en RD$278,977 el presupuesto de RD$2,790,000 indicado para esa compra. El documento no adjudica el lote 2.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (18 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que Santo Domingo Motors fue el único oferente habilitado; según los datos del portal, su oferta fue RD$3,068,977 frente a RD$2,499,998 de Ozama Trucks & Services, cuya oferta no fue aceptada. La diferencia de RD$568,979 (aprox. 22.8% sobre la oferta menor) amerita revisar la evaluación que dejó una sola oferta habilitada; el acta no especifica el motivo de la no habilitación.
“Que Santo Domingo Motors Company,SA, fue el único oferente habilitado para la apertura de su oferta económica.” (pág. 4, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El acta afirma que RD$3,068,977 supera en 14% el presupuesto de RD$2,790,000; la diferencia calculada es RD$278,977, equivalente a aproximadamente 10%. La discrepancia no cambia por sí sola la conclusión sobre el umbral de 25% que el acta invoca, pero conviene verificar el cálculo usado en la motivación.
“dado que, este se encuentra por debajo del porcentaje establecido con un 14%, se procederá con la recomendación de adjudicación.” (pág. 5, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 136 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona