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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego MIDEREC-CCC-SI-2025-0001 RV V4.pdf

Adquisición de Combustible (gasolina y gasoil) a nivel nacional para ser utilizados en el MIDEREC - correspondiente al año 2025 · Ministerio de Deportes, Educación Física y Recreación

Publicado el 24 mar de 202538 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIDEREC-CCC-SI-2025-0001

Lo que dice

El pliego convoca la subasta inversa MIDEREC-CCC-SI-2025-0001 para adquirir combustible en 2025, con presupuesto total de RD$30,000,000: RD$2,000,000 para diésel a granel y RD$28,000,000 para gasolina en tickets. Establece una puja electrónica por lote de 15 minutos y adjudicación al mayor descuento, pero presenta una contradicción en la numeración de los lotes y fija la adjudicación antes del vencimiento del plazo para aceptar correcciones económicas. El documento está fechado únicamente en marzo de 2025; el portal registra un contrato activo de Sigma Petroleum Corp, SAS por RD$1,980,000.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

La numeración de los lotes cambia en la evaluación económica

Documento del 24 mar 2025 · hace 1 año

El pliego asigna el diésel al Lote 1 y la gasolina al Lote 2, pero la tabla de evaluación económica invierte esos números. La inconsistencia puede generar dudas sobre qué presupuesto, oferta y resultado corresponden a cada lote.

“Lote 1 Ítem Descripción Moneda Monto 1 Suministro de Diesel Optimo (a granel) RD$ 2,000,000.00 … Lote 2 Ítem Descripción Moneda Monto 1 Suministro de Gasolina adquirido mediante tickets prepagados. RD$ 28,000,000.00 … Lote 1 Descripción del”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

La adjudicación se programa antes de cerrar las correcciones económicas

Documento del 24 mar 2025 · hace 1 año

El cronograma fija la adjudicación para el 15 de abril y permite aceptar correcciones aritméticas y respuestas a aclaraciones hasta el 21 de abril. Si se requieren correcciones, la decisión de adjudicación queda programada antes de que venza el plazo para completarlas.

“14. Notificación de errores aritméticos y de solicitud de aclaraciones económicas (artículos 123, 129 Reglamento núm. 416-23) Martes 15 de abril 2025. … 15. Aceptación de correcciones de errores aritméticos y de respuesta a las aclaraciones”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 129 · Reglamento 416-23, art. 132 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 129 — Correcciones aritméticas

Artículo 129. Correcciones aritméticas. La corrección de errores aritméticos será aplicada por los peritos y se hará de la siguiente manera: 1. Si existiere una discrepancia entre una cantidad parcial y la cantidad total obtenida multiplicando las cantidades parciales, prevalecerá la cantidad parcial y el total será corregido. 2. Si la discrepancia resulta de un error de suma o resta, se procederá de igual manera; esto es, prevaleciendo las cantidades parciales y corrigiendo los totales. 3. Si existiere una discrepancia entre letras y números, prevalecerá el monto expresado en letras. Párrafo I. En caso de que no se indique si el precio ofertado incluye ITBIS, se solicitará aclaración del…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 132 — Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación

Artículo 132. Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de correcciones aritméticas de las ofertas económicas, emitirán el informe de evaluación económica que contendrá todo lo justificativo de su actuación, que se realizará con base en los parámetros definidos en el pliego de condiciones. En el informe se recomendará la adjudicación y se determinará el reporte de lugares ocupados por cada oferta. Luego de emitido el informe, deberá ser remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativo y Financiera, para su…

A revisarHallazgo en documentos

Cobertura geográfica extensa exigida para las estaciones de tickets

Documento del 24 mar 2025 · hace 1 año

Para el lote de gasolina, se exige un mínimo de tres estaciones en Santo Domingo y el Distrito Nacional, además de al menos una en cada provincia de varias regiones. Aunque el pliego justifica la exigencia por cobertura nacional y respuesta rápida, el requisito obliga a contar o acreditar una red extensa y merece revisión de su proporcionalidad frente al objeto.

“Mínimo tres (3) estaciones de servicio en los municipios de Santo Domingo y el Distrito Nacional. • Mínimo una (1) estación de servicio en cada una de las siguientes provincias: o Noreste: Samaná, María Trinidad Sánchez, Duarte. o Noroeste:”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Oferentes que registra (3)

2 mencionado · 1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Next Dominicana, SAEl portal registra una oferta cargada y pendiente por RD$29,400,000; el documento no consigna su evaluación.Mencionado—RD$29,400,000
Sigma Petroleum Corp, SASEl portal registra un contrato activo por RD$1,980,000; también registra su oferta cargada y pendiente por RD$29,700,000. El lote adjudicado no consta en los datos aportados.Adjudicado—RD$1,980,000
Sitcom, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente por RD$29,999,994; el documento no consigna su evaluación.Mencionado—RD$29,999,994

Otros documentos del proceso (19)

  • 1. SNCC.F.033 Oferta Economica.docxDocumento · 24 mar de 2025
  • 2. SNCC.F.034 Presentacion de Oferta.docxDocumento · 24 mar de 2025
  • 3. SNCC.F.042 Formulario Informacion oferente.docxDocumento · 24 mar de 2025
  • RESOLUCION NUM.CCC-0006-2025.pdfInforme pericial · 24 mar de 2025
  • DICTAMEN.pdfPliego · 24 mar de 2025
  • FORMULARIO DE CONOCIMIENTO DEL CODIGO ETICA 1.docxDocumento · 24 mar de 2025
  • Código de Ética.pdfDocumento · 24 mar de 2025
  • COMPROMISO ETICO DE PROVEEDORES.pdfDocumento · 24 mar de 2025
  • Especificaciones técnicas.pdfPliego · 24 mar de 2025
  • SOLICITUD.pdfSolicitud de compra · 24 mar de 2025 · 1 señal
  • Pliego MIDEREC-CCC-SI-2025-0001 con Enmienda.pdfEnmienda · 31 mar de 2025 · 2 señales

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación

Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Enmienda no.1 MIDEREC-CCC-SI-2025-0001.pdf
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