El Acta núm. 066-2025, de fecha 2025-03-13, adjudica a Agencia de Viajes Milena Tours, S.R.L. la contratación de hospedaje en la Zona Sur por RD$9,793,569.73, incluido ITBIS. El acta consigna que la empresa cumplió los requisitos administrativos, técnicos y económicos y ordena gestionar la garantía de fiel cumplimiento y la suscripción del contrato.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta afirma que la empresa fue habilitada mediante el Acta núm. 287-2024, fechada el 5 de diciembre de 2024, aunque también consigna que la convocatoria se publicó el 12 de diciembre y que la oferta técnica se abrió el 6 de febrero de 2025. El documento identifica una habilitación previa a la publicación y a la apertura de la oferta; corresponde verificar si la fecha o la referencia al acta es correcta y cuál fue el acto efectivo de habilitación.
“Que, en fecha doce (12) del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024), fue publicado el Proceso Núm. EDESUR-CCC-LPN-2024-0042… Que el Comité de Compras y Contrataciones, mediante Acta Núm. 287-2024, de fecha cinco (05) del mes de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
La tabla dispositiva consigna RD$2,960.17 para el precio del hospedaje en Baní, pero RD$2,860.17 como total de esa fila; en la evaluación económica previa ambos valores aparecen como RD$2,860.17. También varía el precio unitario de San Juan entre las tablas. El subtotal y el monto adjudicado parecen corresponder a los valores de la evaluación previa, por lo que conviene verificar qué precios unitarios quedaron incorporados al contrato.
“1 | Servicio de Hospedaje Baní | UN | 540 | 2,960.17 | 2,860.17 … 3 | Servicio de Hospedaje en San Juan | UN | 420 | 2,372.88 | 2,372.88”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 128 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 128 — Evaluación de las ofertas económicas
Artículo 128. Evaluación de las ofertas económicas. Atendiendo al sistema de evaluación determinado en el pliego de condiciones y con apego irrestricto a los criterios de evaluación establecidos en este, los peritos responsables de evaluar las ofertas económicas procederán a la misma y dejarán constancia de sus ponderaciones y resultados en un informe de evaluación.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Según el historial suministrado, Milena Tours obtuvo seis contratos de Edesur por RD$10,121,821 en los 24 meses previos; el acta adjudica ahora otro contrato por RD$9,793,569.73. Es un dato contextual de concentración que merece revisión, sin que por sí solo establezca irregularidad.
“RESOLUCIÓN PRIMERO: ADJUDICAR al oferente AGENCIA DE VIAJES MILENA TOURS, S.R.L., del proceso de Licitación Pública Nacional Núm. EDESUR-CCC-LPN-2024-0042”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona