El informe pericial justificativo recomienda contratar por excepción a Inversiones Anduriña, S.A. para alquilar tres locales en Plaza Anduriña destinados a la Regional Distrito Nacional de Supérate. Sostiene que el proveedor cumple las características requeridas, pero no expone datos que acrediten que sea la única opción del mercado. El documento está fechado el 18 de febrero de 2024.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe concluye que Inversiones Anduriña puede suplir los locales requeridos, pero no explica por qué sería la única opción disponible ni aporta acreditación o análisis comparativo del mercado. La regla de proveedor único requiere que el bien o servicio solo pueda ser suministrado por una persona o que esta posea la titularidad o derecho del objeto contractual; corresponde verificar el sustento de esa conclusión.
“se ha podido constatar que las mismas pueden ser suplidas por el proveedor INVERSIONES ANDURIÑA, S.A., ya que cumple con los requerimientos señalados”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
El informe recomienda contratar el servicio de alquiler de locales, mientras que la ficha del proceso y los ítems del portal incluyen además mantenimiento para los tres locales. El alcance justificativo de este informe no expresa por qué el mantenimiento se contrata por excepción; conviene verificar si cuenta con sustento específico en otra pieza del expediente.
“se recomienda realizar la contratación del servicio de alquiler de locales para la oficina Regional del programa Supérate en Distrito Nacional”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 149 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 149 — Etapas comunes de los procedimientos de excepción
Artículo 149. Etapas comunes de los procedimientos de excepción. Salvo los casos de excepción por emergencia y seguridad nacional que iniciarán con decreto presidencial, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Sección I sobre “Fase de Planificación y Preparación”, del presente capítulo. Posteriormente, deberán realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones gestionará la elaboración de un informe pericial que podrá ser requerido a la unidad requirente o a un experto…
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1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Inversiones Anduriña, S.A.El informe recomienda contratarla por excepción porque afirma que puede suplir locales que cumplen los requerimientos; no consigna en este documento una adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona