El Acta núm. 199-2025, de 2025-03-17, aprobó enmiendas al pliego de la Licitación Pública Nacional POLICIA NACIONAL-CCC-LPN-2025-0001 para adquirir alimentos y desechables, entre ellas permitir ofertas por ítem, revisar precios y requisitos, y modificar la presentación de muestras. También designó nuevos responsables para la evaluación legal y financiera, en sustitución de los anteriores.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta establece como no subsanables las certificaciones de contratos anteriores, que acreditan experiencia del oferente. El artículo 120 del Reglamento dispone que los documentos relativos a credenciales son subsanables cuando el requisito existía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad; conviene verificar si esta clasificación y su aplicación concreta respetan ese alcance.
“Sección 1, articulo 11.1.1, en la sección C, documentación técnica, se modificó el estado del requerimiento de las certificaciones de contratos anteriores, la cual, por ser parte de la documentación técnica conforme al modelo estándar del p” (pág. 4)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la verificación directa de los productos mediante muestras para su homologación..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El acta no identifica un requisito adicional a los estados financieros.
Se agrega un requerimiento a los estados financieros, sin especificar su contenido en esta acta.
Endurece
Sección 1, artículo 11.1.1, sección COferta técnica y documentos técnicos no subsanables
El acta indica que se modificó la clasificación de estos documentos, pero no precisa su estado anterior.
La oferta técnica debe llevar timbrado y sello y queda no subsanable; también se establecen como no subsanables la autorización del fabricante y las certificaciones de contratos anteriores.
Endurece
Sección 1, criterios de evaluación económicaOferta no sustentable o temeraria
El pliego consideraba temeraria una oferta con referencia a un porcentaje del 15% del valor referencial del lote o ítem.
El acta informa que se corrigió el porcentaje de tolerancia, pero no consigna el nuevo valor.
Aclara
Sección 1, artículo 2Participación por ítems
El pliego no aclaraba si se podía ofertar por ítem o si se debía ofertar por los 155 ítems.
Se aclara que los participantes pueden presentar propuestas por ítems.
Relaja
Sección 1, artículos 3 y 4; artículos 11.1.2 y 12.1.3; anexo de oferta económicaCorrección de los ítems 2, 47, 128 y 129
Los ítems 128 y 129 tenían intercambiados sus productos, unidades de medida y precios; también se identificaron errores en los precios de los ítems 2 y 47 y en el total referencial.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Se intercambia el orden de los ítems 128 y 129, se modifican los precios unitarios de los ítems 2, 47 y 129 y se ajusta el valor referencial total; el acta no consigna las nuevas cifras.
Aclara
Sección 1, artículo 11.1.2 y artículo 12.1.3Muestras de los ítems 11 y 20
Se requerían muestras de arenque ahumado, ítem 11, y bacalao ahumado, ítem 20.
Se eliminan los requisitos de presentar muestras para ambos ítems.
RelajaQuita un control: Se elimina la verificación directa de los productos mediante muestras para su homologación.
Sección 1, artículo 11.1.2Presentación y conservación de muestras
El acta no menciona el requisito de usar cajas de almacenamiento plásticas.
Se exige presentar las muestras en cajas de almacenamiento plásticas.
Endurece
Sección 1, artículo 11.2.1Formulario económico y garantía de seriedad
El acta no consigna el formato horizontal de la tabla económica ni precisa las condiciones de subsanabilidad de la garantía de seriedad.
Se indica que la tabla económica debe prepararse en orientación horizontal y se aclaran las condiciones de subsanabilidad de la garantía.
Aclara
Sección 1, artículo 12.3Criterio de adjudicación
El acta refiere que el pliego combinaba el menor precio con la capacidad productiva y de distribución, sin detallar parámetros objetivos y verificables.
El acta afirma que se aclaró la metodología de adjudicación, pero no especifica cuál es la metodología resultante.