El Acta No. 02/2025, fechada el 20 de marzo de 2025, adjudica a Farach, S.A. la adquisición por RD$2,565,000. También instruye iniciar otro proceso para los ítems declarados desiertos, pese a que la decisión cita la adjudicación por lote único. Según el portal, el contrato de Farach figura fechado el 17 de marzo de 2025, antes de la fecha del acta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica a Farach el 20/03/2025, mientras que el portal registra el contrato por el mismo monto fechado el 17/03/2025. La secuencia merece cotejo con el contrato y su fecha efectiva; el registro del portal podría reflejar una fecha de carga o actualización.
“TERCERO: ADJUDICAR como al efecto ADJUDICA, a la empresa FARACH S.A. por un monto ascendiente a DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CINO MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$2,565,000.00).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El acta reproduce un criterio de adjudicación por lote único, pero ordena adquirir en otro proceso los ítems que resultaron desiertos. Conviene comprobar si la adjudicación por RD$2,565,000 correspondió al lote completo o a una parte, y cómo se relaciona con esa instrucción.
“Que, de conformidad con lo establecido en el Numeral 24. Criterios de adjudicación, La Adjudicación será decidida por EL ÚNICO LOTE a favor del Oferente/Proponente cuya propuesta haya cumplido con todos los requisitos técnicos y las demás”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta consigna ofertas con montos para Macrotech, Hospifar, Indo-Quimica y Sean Dominicana, mientras que el portal las registra en RD$0 y con estado «Cargada / Pendiente». Puede ser un desfase de actualización del portal, pero conviene verificar que los importes evaluados y el expediente electrónico sean consistentes.
“CONSIDERANDO: Que la empresa MACROTECH FARMACEUTICA S.R.L, presentó una oferta económica por el valor de SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL OCHENTA DOMINICANOS CON 00/100 (RD$6,148,080.00) y su garantía correspondiente al 1% del monto”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona