El exceso calculado sobre el valor referencial sustenta la declaratoria de desierto
· hace 1 año
El acta invoca la regla de declarar desierto cuando las ofertas superan en más de 25% la apropiación disponible, pero expresa el exceso de 119.7% respecto del valor referencial del ítem 2. La certificación citada para todo el proceso es RD$6,373,427.80 y la oferta total es RD$6,235,706.46; conviene verificar si el monto de RD$2,838,195.00 para ese ítem correspondía efectivamente a la apropiación presupuestaria disponible aplicable a la comparación.
““se debe declarar desierto todo procedimiento en el que las ofertas habilitadas superen el monto de la apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25%)” … “representa un excedente del 119.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 136 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…
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