El Comité de Compras y Contrataciones de EDENORTE aprobó el 18 de marzo de 2025 utilizar la excepción por proveedor único para contratar diez alquileres de oficinas comerciales, por un total cotizado y certificado de RD$19,821,906.48, impuestos incluidos. La resolución autoriza continuar el proceso y ordena publicar el acto; no es el acto de adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución aprueba la selección directa para diez alquileres y sustenta la condición de proveedor único en que los locales cumplen necesidades y tienen ubicaciones estratégicas. La identificación de propietarios y locales concretos puede explicar la exclusividad respecto de cada inmueble; conviene contrastar esa motivación con el informe pericial y verificar cómo se estableció que cada local era insustituible frente a alternativas.
“POR CUANTO: Los locales cumplen con los requisitos de necesidades, estructuras y ubicaciones estratégicas conforme los requeridos por Edenorte, demostrando así la condición de proveedor único.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · Reglamento 416-23, art. 50 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa
Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…
Ramón Francisco Valerio de JesúsPropietario del local de Reparto Peralta; la resolución aprueba usar la excepción por proveedor único, sin adjudicar en este acto.
Mencionado
Oficina comercial Reparto Peralta
RD$4,086,029
Eligio Antonio Pérez GuzmánPropietario del local de Padre Las Casas; la resolución aprueba usar la excepción por proveedor único, sin adjudicar en este acto.
Mencionado
Oficina comercial Padre Las Casas
RD$1,054,892
Julio José de Lancer DuránPropietario del local de Imbert; la resolución aprueba usar la excepción por proveedor único, sin adjudicar en este acto.
Mencionado
Oficina comercial Imbert
RD$1,696,631
Luz Divina Alcequiez AbreuPropietaria del local de Cabrera, representada por Angelina Mata Alcequiez; la resolución aprueba usar la excepción por proveedor único, sin adjudicar en este acto.
Mencionado
Oficina comercial Cabrera
RD$2,451,614
Víctor José García PeñaPropietario del local de Villa Los Almácigos, representado por Robert García Torres; la resolución aprueba usar la excepción por proveedor único, sin adjudicar en este acto.
Mencionado
Oficina comercial Villa Los Almácigos
RD$2,600,197
Sara Yudiza Gutiérrez PaulinoPropietaria del local de Ventura Grullón; la resolución aprueba usar la excepción por proveedor único, sin adjudicar en este acto.
Mencionado
Oficina comercial Ventura Grullón
RD$2,126,971
Milagros Elena Martínez GuillénPropietaria del local de Plaza Las Barajas, representada por Gladis Mercedes Checo Madera; la resolución aprueba usar la excepción por proveedor único, sin adjudicar en este acto.
Mencionado
Oficina administrativa Plaza Las Barajas, módulo 307
RD$1,051,738
José Arismedy QuezadaPropietario del local de San José de las Matas; la resolución aprueba usar la excepción por proveedor único, sin adjudicar en este acto.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Mencionado
Oficina comercial San José de las Matas
RD$2,233,320
Iris Rosaira Carrasco JáquezPropietaria del local de La Otra Banda; la resolución aprueba usar la excepción por proveedor único, sin adjudicar en este acto.
Mencionado
Oficina comercial La Otra Banda
RD$1,336,099
Miguel Antonio MonciónPropietario del local de Partido, Dajabón; la resolución aprueba usar la excepción por proveedor único, sin adjudicar en este acto.