La Enmienda 001, emitida el 18 de marzo de 2025 para el proceso PASP-CCC-SI-2025-0005, modifica el contenido de las ofertas económicas y las condiciones de pago. Establece cotización por artículo y por lote, un anticipo del 20% sujeto a garantía por el total adelantado y un pago restante asociado a la certificación del contrato y a la factura de los bienes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda vincula el pago del saldo a la certificación del contrato y a la remisión de una factura, sin expresar en esta cláusula que dependa de la entrega y recepción conforme de los bienes. Conviene verificar cómo se armoniza con el resto del pliego y con la regla de que los pagos restantes se realicen en la medida del cumplimiento contractual.
“La suma restante será pagada mediante un único pago total, inmediatamente la Contraloría de la República emita la certificación del contrato suscrito con el adjudicatario. Este pago se hará en un período no mayor de treinta (30) días contad”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance
Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.
Pliego, numeral 11.2, literal a)Presentación del precio de la oferta
El texto anterior no se reproduce en la enmienda.
Se exige cotizar individualmente cada bien y globalmente por lote, con dos decimales e incluyendo gastos, tasas, divisas e impuestos explícitos.
Aclara
Pliego, numeral 10Condiciones de pago y retenciones
El texto anterior no se reproduce en la enmienda.
Se establece un anticipo del 20% dentro de los 20 días posteriores a la firma, contra garantía por el total; el saldo se pagará tras la certificación del contrato, dentro de 30 días desde la remisión de la factura.
Neutral
Pliego, apartado Anticipo y Garantía de buen uso del anticipoGarantía del anticipo
La enmienda indica que incorpora este apartado; no reproduce una cláusula anterior.
Se exige garantía bancaria o póliza de seguro por el total del anticipo del 20%; se devolverá cuando el contratista demuestre el cumplimiento de todas las obligaciones.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona