El acta, celebrada el 18 de marzo de 2025, adjudica a Capital Diesel, SRL la adquisición de combustible para el CESAC por RD$5,644,595.20 y establece una rebaja de RD$33.60 por galón al momento del despacho, según el precio de referencia del Ministerio de Industria y Comercio. Registra que los cuatro oferentes superaron la evaluación técnica y que la comisión recomendó adjudicar a Capital Diesel por considerar su oferta la más coherente técnica y económicamente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna RD$5,644,595.20 como monto adjudicado y además una rebaja de RD$33.60 por galón al despacho. Para los 25,472 galones indicados en el pliego, la rebaja sumaría RD$855,859.20 si se aplica a toda la cantidad; conviene verificar si el monto adjudicado es un tope bruto o el importe neto después de la rebaja.
“ascendente a la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS CON 20/100 (RD$5,644,595.20) el cual al momento del despacho aplicará una rebaja de 33.60 por galón, tomando como referencia el precio”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
La integración inicial identifica a Randy Y. de los Santos Pulinario como presidente, pero la firma final identifica como presidente a Juan Manuel Rondón Soler. La diferencia amerita verificar quién presidió y firmó la decisión y, en su caso, la designación o sustitución correspondiente; el acta no la explica.
“el Coronel Piloto RANDY Y. DE LOS SANTOS PULINARIO, FARD (DEM), en su calidad de Presidente… JUAN MANUEL RONDÓN SOLER, Coronel ERD. (DEM) (MA). Presidente.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 10 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 10 — Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 10. Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones es un órgano que ejercerá sus funciones de forma colegiada y se considerará válidamente reunido con tres (3) de los cinco (5) miembros, no pudiendo faltar en ningún caso el presidente del comité o quien designe. Párrafo I. El Comité de Compras y Contrataciones decidirá por la mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o debidamente representados y, en caso de empate, el voto del presidente será decisivo. Párrafo II. Todas las decisiones o actuaciones del Comité de Compras y Contrataciones se harán constar mediante actos administrativos motivados que dejarán constancia de la…
PETROMOVIL, S.A.El acta indica que cumplió con la documentación exigida y fue recomendada para apertura de la oferta económica; no fue adjudicada.
Habilitado
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CAPITAL DIESEL, SRLEl acta la identifica como la oferta más coherente técnica y económicamente; adjudicación por RD$5,644,595.20.
Adjudicado
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RD$5,644,595
ECO PETROLEO DOMINICANA, S.A.El acta indica que cumplió con la documentación exigida y fue recomendada para apertura de la oferta económica; no fue adjudicada.
Habilitado
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RD$5,644,595
YONA YONEL DIESEL, SRLEl acta indica que cumplió con la documentación exigida y fue recomendada para apertura de la oferta económica; no fue adjudicada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona