El acta del 17 de marzo de 2025 adjudica a Faga Comercial, SRL la adquisición de tela para confección de pantalones, por RD$3,367,632.98, al considerarla la oferta de menor precio entre las dos ofertas habilitadas. Full Stock RD, EIRL ofertó RD$5,565,711.90; el proceso fue convocado como comparación de precios y reservado a MIPYMES.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para la misma cantidad y descripción del bien, Faga ofertó RD$3,367,632.98 y Full Stock RD$5,565,711.90: la oferta adjudicada es aproximadamente 39.5 % menor que la otra y 33.6 % inferior al presupuesto estimado de RD$5,075,000. La diferencia puede reflejar ahorro o condiciones distintas de precio; merece contrastarse con referencias de mercado y la composición de costos.
“VALOR TOTAL DE LA OFERTA: ............... RD$ 3,367,632.98 | Valor total de la oferta en letras: .......... TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON 98/100 | FULL STOCK RD, EIRL”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 78 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 78 — Oferta más conveniente
Artículo 78. Oferta más conveniente. La evaluación de las ofertas procurará que la adjudicación recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación, calidad-costo, menor precio o basada en calidad, según corresponda, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo I. De acuerdo con lo establecido en párrafo I del artículo 26 de la ley, cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común y estandarizado, se entenderá en principio, como oferta más conveniente aquella que cumpliendo los aspectos y condiciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones, incluidos los criterios de sostenibilidad fijados,…
El portal identifica el proceso como reservado a MIPYMES y el acta adjudica a Faga Comercial, SRL. El RPE consultado el 2026-09-28 indica que actualmente no tiene condición MIPYME; ese dato posterior no establece cuál era su condición en 2025, por lo que conviene verificar la certificación vigente al presentar la oferta.
“FAGA COMERCIAL, S.R.L. y FULL STOCK RD, E.I.R.L, fueron habilitados para la apertura de sus respectivas Ofertas Económicas "Sobre B … PRIMERO (1): DECIDE, Adjudicar, para cumplir con todo lo establecido en el DDL (Datos de la”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 159 · Reglamento 416-23, art. 157 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 159 — Participación
Artículo 159. Participación. En los procedimientos dirigidos MIPYMES solamente podrán participar aquellas que se encuentren certificadas como MIPYMES por el Ministerio de Industria y Comercio y por el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA) e inscritas bajo tal condición en el Registro de Proveedores del Estado. Párrafo I. Las MIPYMES en general, MIPYMES mujeres y MIPYMES industriales, además de participar en los procedimientos dirigidos exclusivamente a éstas, podrán a su vez presentar ofertas en los demás procedimientos de selección previstos en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento, para ampliar sus oportunidades de participación y…
Artículo 157. Convocatoria. Las instituciones contratantes al momento de realizar las convocatorias para la compra y contratación de bienes, servicios y obras deberán indicar expresamente que se trata de un procedimiento de selección dirigido exclusivamente para MIPYMES e indicar, según corresponda, si se trata de MIPYMES en general, de MIPYMES mujeres o de MIPYMES de fabricación o producción industrial.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona