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Pliego

Pliego de Condiciones.pdf

Contratación de Servicios de Agencias de Viajes para el Personal del IDAC. · Instituto Dominicano de Aviación Civíl

Publicado el 14 mar de 202543 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso IDAC-CCC-LPN-2025-0001

Lo que dice

El pliego del proceso IDAC-CCC-LPN-2025-0001, convocado el 17 de marzo de 2025, establece la contratación de servicios de agencias de viajes por hasta RD$10,000,000 para dos oferentes, durante 12 meses o hasta agotar el monto. Dispone evaluar las ofertas técnicas con metodología cumple/no cumple y las económicas por la menor tasa por servicio; también fija requisitos de participación, documentación y ejecución contractual.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Certificación de asociación privada como requisito técnico excluyente

Documento del 14 mar 2025 · hace 1 año

El pliego exige el certificado de ADAVIT como requisito técnico evaluado cumple/no cumple. Al no explicitar una relación necesaria de esa afiliación con la prestación, conviene revisar si el requisito es proporcional y si restringe la participación de agencias que puedan prestar el servicio sin pertenecer a esa asociación.

“5. Certificado de la Asociación Dominicana de Agencias de Viajes y Turismo (ADAVIT).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Criterio financiero de habilitación sin parámetros verificables

Documento del 14 mar 2025 · hace 1 año

El pliego indica que se analizarán los estados financieros para determinar si la empresa operó ajustada a las normas contables y no está en quiebra, pero no define indicadores, umbrales ni cómo se verificará ese criterio. Esa falta de parámetros puede dejar margen de valoración desigual al aplicar el cumple/no cumple.

“Se Analizarán los Estados Financieros de los dos (2) últimos períodos fiscales, donde se determinará si la empresa operó durante esos años ajustada a las normas contables establecidas y no se encuentra en quiebra.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

A revisarHallazgo en documentos

Prohibición amplia por coincidencia de socios entre empresas

Documento del 14 mar 2025 · hace 1 año

El pliego impide que participen simultáneamente empresas que coincidan en algún socio, sin limitar la regla a consorcios o a supuestos de control o vinculación. Conviene revisar su alcance, pues puede excluir ofertas de sociedades distintas aun cuando la coincidencia societaria no demuestre por sí sola una participación conjunta en el proceso.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 5 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Ley 340-06, artículo 5

ART. 5. Los procesos y personas sujetos a la presente ley son: Procesos: 1) Compra y contratación de bienes, servicios, consultoría y alquileres con opción de compra y arrendamiento, así como todos aquellos contratos no excluidos expresamente o sujetos a un régimen especial; 2) Contratación de obras públicas y concesiones. Personas: 1) Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que hagan Oferta de bienes y servicios requeridos por las instituciones de la administración pública o contraten obras o concesionen obras o servicios o ambos. 2) Dos o más personas que presenten oferta como un conjunto actuando como una sola, estableciendo en un acto notarial que actúan bajo esa…

Otros documentos del proceso (29)

  • Apropiación.pdfCertificación de fondos · 14 mar de 2025
  • Convocatoria.pdfDocumento · 14 mar de 2025
  • Resolución del comité .pdfInforme pericial · 14 mar de 2025
  • Resolución del comité .pdfPliego · 14 mar de 2025
  • Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 14 mar de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores (4).docxDocumento · 14 mar de 2025
  • contrato-ejecucion-de-servicios (1).docxContrato · 14 mar de 2025
  • FORM-SIG-007-007_Debida_Diligencia_Externa_Simplificada_Gesti_n_Antisoborno_y_de_Compl.pdfDocumento · 14 mar de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica (1).docxDocumento · 14 mar de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (1).docxDocumento · 14 mar de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente (4).docxDocumento · 14 mar de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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MATRIZ DE RIESGO AGENCIAS DE VIAJES.pdf
Documento · 14 mar de 2025
  • CIRCULAR NO. 1.pdfCircular · 15 abr de 2025
  • ENMIENDA NO. 1.pdfEnmienda · 16 abr de 2025 · 2 señales
  • ENMIENDA NO. 1.pdfEnmienda · 16 abr de 2025 · 1 señal
  • ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 29 may de 2025 · 1 señal
  • 076-25 TRAVELISTA CONTRATO.pdfContrato · —
  • 077-25 CARIBBEAN XAM CONTRATO.pdfContrato · —
  • ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • COMPULSA DESEMPATE AGENCIA DE VIAJES.pdfDocumento · —
  • COMPULSA DESEMPATE AGENCIA DE VIAJES.pdfDocumento · —
  • COMPULSA NOTARIAL SOBRE B.pdfDocumento · —
  • COMPULSA NOTARIAL SOBRE B.pdfDocumento · —
  • DISP PRES EXP 59A-2025 TRAVELISTA.pdfDocumento · —
  • DISP PRES EXP 59B-2025 CARIBBEAN XAM.pdfDocumento · —
  • EVALUACION ECONOMICA.pdfInforme de evaluación · —
  • EVALUACION ECONOMICA.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —