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Pliego

Pliego Estandar de compra de Bienes.pdf

ADQUISICION DE CAMIONES COMPACTADORES Y CAMIONES MIULTIFUNCIONALES PARA SER UTILIZADOS POR EL DEPARTAMENTO DE ASEO URBANO DE ESTE AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DE MACORIS · Ayuntamiento de San Pedro de Macoris

Publicado el 12 mar de 202547 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AYUNTAMIENTO SAN P.-CCC-LPN-2025-0002

Lo que dice

El pliego del proceso AYUNTAMIENTO SAN P.-CCC-LPN-2025-0002 establece la adquisición de 10 camiones compactadores y 5 multifuncionales, con recepción de ofertas hasta el 28 de marzo de 2025 y entregas previstas cinco días después de la firma del contrato. Consigna un valor referencial de RD$48,000,000, aunque los montos estimados por renglón suman RD$111,750,000. El documento no decide una adjudicación; según los datos del portal, el contrato posterior fue registrado a favor de Meco Roger Dominicana, S.R.L. por RD$111,510,000.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentosRD$48 millones

El valor referencial contradice el total de los renglones

Documento del 12 mar 2025 · hace 1 año

El pliego fija un valor referencial de RD$48,000,000, pero sus cantidades y precios unitarios estimados suman RD$111,750,000 (RD$74,500,000 más RD$37,250,000). La diferencia afecta la consistencia del presupuesto publicado; el contrato registrado en el portal, por RD$111,510,000, también se aproxima al desglose y no al valor referencial.

“El valor referencial para esta compra asciende a [RD$48,000,000.00, Cuarenta y Ocho Millones de Pesos con 00/100], incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien a adquirir, valor que ha sido ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria

Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…

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A revisarHallazgo en documentos

La experiencia aparece como requisito no subsanable

Documento del 12 mar 2025 · hace 1 año

El pliego clasifica como no subsanable la experiencia como contratista y las recomendaciones, aunque se trata de documentación vinculada a las credenciales. El artículo 120 del Reglamento dispone que los documentos relativos a credenciales son subsanables si el requisito existía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad del oferente.

“f) Experiencia como contratista, ya sea dealer autorizado o empresa fabricante nacional, si es nacional la empresa fabricante debe presentar la Licencia de Uso del Sello hecho en República Dominicana otorgado por Industria y Comercio y mipy”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

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A revisarHallazgo en documentos

Se exige acreditar la pertenencia de cada vehículo antes de la adjudicación

Documento del 12 mar 2025 · hace 1 año

El pliego pide matrículas y documentos que acrediten la pertenencia de cada vehículo como requisito técnico no subsanable, mientras el objeto es adquirir camiones nuevos. Junto con la entrega prevista cinco días después de la firma, la condición puede favorecer a oferentes que ya tengan las unidades disponibles y limitar a quienes las adquirirían para cumplir el contrato; conviene verificar su necesidad y proporcionalidad.

“h) Fotocopia de matriculas y documentos que avalen la pertenencia de cada vehículo. [No subsanable]. … CAMIÓN COMPACTADOR 10 5 días después de la firma del contrato.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

El pliego fija períodos distintos para los estados financieros

Documento del 12 mar 2025 · hace 1 año

La lista de documentos financieros menciona los ejercicios 2022-2023, pero la tabla de evaluación exige 2021-2022 y 2022-2023. La inconsistencia puede generar evaluaciones distintas sobre qué documentación deben presentar los oferentes.

“Estados Financiero) de los últimos dos (02) de los últimos ejercicios contables consecutivos (2022-2023), certificados por una firma de auditores o un CPA (contador público autorizado). … Estado(s) Financiero(s) de los DOS (2) último(s) eje”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

A revisarHallazgo en documentos

El criterio de menor precio se contradice con una evaluación más amplia

Documento del 12 mar 2025 · hace 1 año

El pliego establece adjudicación basada en menor precio, pero también afirma que la selección no está limitada exclusivamente al precio y menciona otros elementos de comparación sin definir cómo se ponderarían. La contradicción puede generar incertidumbre sobre el criterio aplicado al adjudicar.

“El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación es: adjudicación basada en menor precio. … de modo que cuando la Administración selecciona una oferta, no se encuentra limitada ex”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

ContextoHallazgo en documentos

El plazo de subsanación queda sin fecha ni hora

Documento del 12 mar 2025 · hace 1 año

El cronograma deja sin completar la fecha y hora para subsanar ofertas técnicas, aunque fija fechas para etapas posteriores. Esto puede dificultar que oferentes y evaluadores identifiquen el plazo aplicable para esa actuación.

“8. Período de subsanación para el (la) oferente y de respuesta a las aclaraciones de la oferta técnica. (artículos 122 y 129 Reglamento núm. 416-23) Plazo razonable conforme al objeto de la contratación [Indicar fecha y hora]”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 122 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 122 — Procedimiento para la subsanación

Artículo 122. Procedimiento para la subsanación. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones deberá notificar, de manera diligente y en igualdad de condiciones, a los oferentes para que subsanen en el plazo establecido en el cronograma de actividades del procedimiento, los errores u omisiones identificados en el informe de evaluación, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y vía correo electrónico que se encuentre registrado en el Registro Proveedor del Estado o en la propuesta técnica presentada. Párrafo I. El pliego de condiciones deberá fijar expresamente el plazo para subsanar, que deberá ser razonable en relación con los tiempos de convocatoria…

ContextoHallazgo en documentos

El requisito hidráulico especifica una configuración técnica particular

Documento del 12 mar 2025 · hace 1 año

Se exige que al menos el 75% del sistema hidráulico sea manual y operado por palancas traseras. El pliego ofrece una explicación operativa, pero la exigencia describe una configuración concreta que puede restringir las alternativas disponibles; amerita comprobar su necesidad técnica y el número de fabricantes o proveedores capaces de cumplirla.

“Estos Camiones Deben Traer Por Los Menos El 75% Del Sistema Hidráulico Manual Que Pueda Ser Manejado Por Palancas Manuales En La Parte Trasera, Ya Que Se Ha Demostrado Que Los Obreros No Tienen La Capacidad Técnica Y Mayormente Donde Esta C”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Oferentes que registra (2)

1 adjudicado · 1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Meco Roger Dominicana, S.R.L.El portal registra un contrato activo y confirmado por RD$111,510,000; el pliego no consigna el resultado de la evaluación ni la adjudicación.Adjudicado—RD$111,510,000
Espaillat Motors, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente, con monto de RD$0; el pliego no consigna su evaluación.Mencionado——

Otros documentos del proceso (31)

  • CERTIFICACION DE FONDOS.pdfCertificación de fondos · 6 feb de 2025 · 1 señal
  • Acta de Inicio.pdfActa · 6 feb de 2025 · 1 señal
  • Ficha Técnica.pdfPliego · 6 feb de 2025 · 2 señales
  • SNCC_D038_Garantia_GFC (2).docxDocumento · 6 feb de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores (4).docxDocumento · 6 feb de 2025
  • SNCC_D044_Enfoque_y_Metodologia (2).docxDocumento · 6 feb de 2025
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 6 feb de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (2).docxDocumento · 6 feb de 2025
  • SNCC_F036_Equipos_Oferente.docxDocumento · 6 feb de 2025
  • SNCC_F037_Personal_Oferente (1).docxDocumento · 6 feb de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente (2).docxDocumento · 6 feb de 2025
  • SNCC_F012_Convocatoria_CP.pdf

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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Documento · 6 feb de 2025
  • Solicitud Publicacion Periodico.pdfDocumento · 6 feb de 2025
  • Solicitud_de_Camiones.pdfSolicitud de compra · 6 feb de 2025
  • Publicacion de Peridicos .jpgDocumento · 10 feb de 2025
  • Publicacion periodico 2.pdfDocumento · 11 feb de 2025
  • Publicacion periodico 3.pdfDocumento · 11 feb de 2025
  • Pliego.pdfPliego · 11 feb de 2025 · 4 señales
  • Acta inicio Mod.pdfActa · 12 mar de 2025
  • CERTIFICACION DE FONDOS.pdfCertificación de fondos · 12 mar de 2025
  • enmienda nueva.pdfEnmienda · 12 mar de 2025
  • SNCC_F009_Convocatoria_a_LPN.pdfDocumento · 12 mar de 2025
  • contrato-ejecucion-de-bienes.docxContrato · 12 mar de 2025
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 10 abr de 2025
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • CERTIFICACION DE FONDOS.pdfCertificación de fondos · —
  • Contrato.pdfContrato · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Informe pericial Ofertas Economicas.pdfDocumento · —
  • Informe pericial Ofertas Economicas.pdfDocumento · —
  • Sobre B.pdfDocumento · —