El Comité aprobó iniciar una comparación de precios para adquirir alimentos para la cocina del CECANOT, con un presupuesto de RD$5,600,000, y aprobó las condiciones generales del procedimiento. Designó a Yomaira Pérez P., Francisco Villabrille Méndez y Antonio Bayast Tomas como peritos, e instruyó publicar la convocatoria y las fichas técnicas. El documento consigna una reunión el 11 de febrero de 2025 y una decisión fechada el 12 de febrero de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La lista de asistentes identifica a Lisset Teresa Aurora García como integrante de la Oficina de Acceso a la Información y a Cristian Báez Ferreras como asesor legal; en las firmas aparece Edwuar Fernández Ramos como representante interino de esa oficina y Cristian como miembro. La condición de interino podría explicar la sustitución, pero el acto no consigna la delegación ni su notificación, por lo que conviene verificar la integración y deliberación del comité.
“el Comité de Compras y Contrataciones de esta institución, integrado por los señores: Dr. Cleto Rafael Ramírez, Director General y Presidente del Comité; Licdo. Blas A. Cruz Durán, Administrador (miembro); Ing. Eunice González Belén, Encarg” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
El acto fija el presupuesto en RD$5,600,000, apenas RD$44,812.73 por debajo del máximo de RD$5,644,812.73 para comparación de precios de bienes en 2025; el portal registra un estimado de RD$5,590,901.20, también cercano al límite. El monto está dentro del umbral, pero su proximidad justifica verificar si existen compras del mismo rubro que deban considerarse conjuntamente; este documento no acredita fraccionamiento.
“la presente solicitud de COMPRA DE ALIMENTOS, requerida para el uso de la cocina del CECANOT, tiene un presupuesto de cinco millones seiscientos mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$5,600,000.00), valor que según la resolución , previamente” (pág. 3, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 17 · Ley 340-06, art. 10 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 17
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
ART. 10. La autoridad administrativa con capacidad de decisión en un organismo público no permitirá el fraccionamiento de las compras o contrataciones de bienes, obras o servicios, cuando éstas tengan por objeto eludir los procedimientos de selección previstos en esta ley para optar por otros de menor cuantía. PÁRRAFO. Las compras y contrataciones públicas comprendidas en esta ley se desarrollarán en todas sus etapas en un contexto de transparencia que se basará en la publicidad y difusión de las actuaciones derivadas de la aplicación de esta ley, la utilización de la tecnología informática que permita aumentar la eficiencia de los procesos y facilitar el acceso de la sociedad a la…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona