La resolución aprueba un objeto de 14 museos, no 15
· hace 1 año
El encabezado identifica la contratación de mantenimiento de 15 museos, pero el punto primero de la resolución aprueba el procedimiento para 14. Esta diferencia en el objeto formalmente aprobado requiere aclarar cuál alcance rige, pues puede incidir en las prestaciones y en la comparación de ofertas; el documento no explica la discrepancia.
“coRREcTIVo DE LoS 15 MUSEoS ADM¡NISTRADOS POR LA DIRECC¡óN GENERAL DE MUSEOS … LOS 14 MUSEOS ADMIN¡STRADOS POR LA DIRECC¡óN GENERAL DE MUSEOS”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →