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Circular

Circular Conjunta DGCP- SS.pdf

Adquisición de Mobiliario de Oficina · Universidad Autonoma de Santo Domingo

Publicado el 6 mar de 2025Fechado el 3 mar de 20259 páginasEn el mensaje «UASD-CCC-CP-2025-0001»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso UASD-CCC-CP-2025-0001

Lo que dice

La Circular Conjunta de la DGCP y la Superintendencia de Seguros, fechada el 4 de marzo de 2025, ofrece aclaraciones generales sobre garantías en las contrataciones públicas: modalidades permitidas, porcentajes, vigencia, emisores autorizados y ejecución. También distingue errores materiales de errores de fondo y aborda la subsanación; no consigna una decisión específica sobre el proceso UASD-CCC-CP-2025-0001.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (10 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

Criterio contradictorio sobre subsanar el monto de la garantía

Documento del 6 mar 2025 · hace 1 año

La circular primero trata el monto de la garantía como error de fondo no subsanable, pero después ordena solicitar una nueva garantía si queda insuficiente tras una corrección aritmética. Esa excepción podría permitir modificar la cobertura luego de presentada la oferta; conviene precisar cómo se aplica sin mejorar la propuesta ni afectar la igualdad de trato.

“No obstante, podrá considerarse subsanar cuando los errores sean, por ejemplo, por discrepancias entre los números y las letras, en los que prevalecerá o se tomará como referencia los montos en letras, o si fuere un error en el orden de los”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 198 · Reglamento 416-23, art. 121 · Reglamento 416-23, art. 123 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 198 — Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 198. Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. Si la garantía de seriedad de oferta contiene errores materiales o en la moneda solicitada, se podrá solicitar al oferente que realice las correcciones necesarias, siguiendo el procedimiento establecido en el presente reglamento y dentro del plazo especificado en el pliego de condiciones del procedimiento, el cual no puede ser inferior a un (1) día hábil ni superior a cinco (5) días hábiles. La oferta del proponente que no subsane la garantía dentro del plazo establecido podrá ser desestimada sin más trámite.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación

Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 123 — Aclaración de las ofertas

Artículo 123. Aclaración de las ofertas. La aclaración es la solicitud por escrito, en formato papel o electrónico, realizada a los oferentes acerca de sus ofertas, por el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, dentro del plazo señalado en el pliego de condiciones. Los oferentes también deberán responder a las aclaraciones por escrito, en el plazo señalado y no podrán alterar el contenido de la oferta original, ni violentar el principio de igualdad y libre competencia entre los oferentes. Párrafo. La institución podrá solicitar aclaraciones tanto de la oferta técnica como de la económica, respetando en cada caso las etapas de…

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A revisarEnmienda relaja un control

Enmienda relaja un control del pliego

Documento del 6 mar 2025 · hace 1 año

El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Puede permitir sustituir o aumentar la garantía después de la apertura de ofertas, aunque el propio documento califica el monto como no subsanable..

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas

Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Cambios que introduce (1)

SecciónAntesDespuésEfecto
IV. Sobre la subsanación de las garantíasGarantía de seriedad insuficiente tras corrección aritméticaLa circular indica que el monto y la vigencia de la garantía son errores de fondo y que no procede subsanarlos.Si una corrección aritmética deja insuficiente la garantía de seriedad, la institución debe solicitar una nueva garantía conforme al monto corregido.RelajaQuita un control: Puede permitir sustituir o aumentar la garantía después de la apertura de ofertas, aunque el propio documento califica el monto como no subsanable.

Otros documentos del proceso (31)

  • Certificado No. CP-2025-0001.pdfCertificación de fondos · 20 feb de 2025
  • Convocatoria CP-2025-0001.pdfDocumento · 20 feb de 2025
  • PLIEGO CP-2025-0001.pdfPliego · 20 feb de 2025
  • Solicitud Ref. UASD-CCC-CP-2025-0001.pdfSolicitud de compra · 20 feb de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica (1).docxDocumento · 20 feb de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 20 feb de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (1).docxDocumento · 20 feb de 2025
  • Contrato de Bienes.docxContrato · 20 feb de 2025
  • Acto de Inicio Ref. UASD-CP-2025-0001.pdfDocumento · 20 feb de 2025
  • Acto de Inicio Ref. UASD-CP-2025-0001.pdfPliego · 20 feb de 2025
  • Anexo I Ref. UASD-CCC-CP-2025-0001.pdfPliego · 21 feb de 2025
  • ENMIENDA NO. 01 - UASD-CCC-CP-2025-0001.pdf

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  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Enmienda · 4 mar de 2025 · 1 señal
  • Notificacion errores o subsanacion CP-2025-0001.pdfDocumento · 14 mar de 2025
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  • Notificación de Adjudicación Ref. UASD-CCC-CP-2025-0001.pdfActa de adjudicación · 29 abr de 2025