Proceso con una sola oferta evaluada
· hace 1 año
El acta identifica una única oferta y consigna que fue descalificada antes de la evaluación económica, por lo que no hubo competencia efectiva de precios en este procedimiento. El Comité declaró desierto el proceso y ordenó relanzarlo; la concentración en un solo participante merece seguimiento, sin que por sí sola indique una irregularidad.
“Luego de haber evaluado la única oferta presentada en base a las condiciones técnicas exigidas por el pliego de condiciones, como peritos actuantes recomendamos la DECLARATORIA DEL PROCESO DESIERTO.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
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