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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Enmienda · Acta Enmienda núm. 01-2025

Enmienda 01.pdf

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS SUBAGENTES RECAUDADORES DE PAGOS, PARA COBRO FACTURAS CLIENTES POST PAGO Y VENTA DE RECARGA DE ENERGÍA PARA CLIENTES PREPAGO, POR UN PERIODO DE DOS (2) AÑOS · Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur

Publicado el 3 mar de 2025Fechado el 25 feb de 202510 páginasEn el mensaje «Enmienda 1 y circular de respuesta»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EDESUR-CCC-LPN-2024-0010

Lo que dice

La Enmienda núm. 01-2025, aprobada el 26 de febrero de 2025 para el proceso EDESUR-CCC-LPN-2024-0010, modifica el rubro comercial exigido, el contenido de la oferta técnica y los criterios y restricciones de adjudicación por lotes. También elimina la autorización de la Superintendencia de Bancos y establece requisitos sobre puntos de pago, incluida la gestión de nuevos puntos en determinados casos. El cuadro enmendado consigna un monto total de RD$332,063,231.00, ITBIS incluido.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarEnmienda relaja un control

Enmienda (Enmienda núm. 01-2025) relaja un control del pliego

Documento del 3 mar 2025 · hace 1 año

El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la autorización vigente de la Superintendencia de Bancos que verificaba la habilitación para operar como subagente de pago..

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas

Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Rubro del RPE que merece validación frente al servicio contratado

Documento del 3 mar 2025 · hace 1 año

La enmienda exige la actividad comercial 84100000, descrita como «Finanzas de desarrollo», para contratar servicios de subagentes recaudadores y venta de recargas. Conviene verificar que ese rubro corresponda al objeto y no limite injustificadamente la participación de proveedores capaces de prestar el servicio.

“Esta contratación ha sido clasificada bajo el rubro - Familia - "Finanzas de desarrollo", por lo que, los Oferentes deberán contar con la actividad comercial en su Registro de Proveedores del Estado (RPE).” (pág. 3)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Cambios que introduce (7)

SecciónAntesDespuésEfecto
Pliego, numeral 2, objeto del procedimientoRubro y actividad comercial en el RPELa redacción anterior no consta en esta enmienda.Exige que los oferentes tengan en el RPE la actividad comercial 84100000, «Finanzas de desarrollo».Endurece
Pliego, numeral 2, cuadro descriptivo del objetoDescripción y montos por loteEl cuadro anterior no consta en esta enmienda.Sustituye el cuadro descriptivo y consigna RD$332,063,231.00, ITBIS incluido; el OCR visible muestra montos de RD$106,122,880.19 para el lote 2 y RD$103,220,227.94 para el lote 3.Aclara
Pliego, numeral 10, literal A, punto 3Acreditación de inscripción en el RPELa redacción anterior no consta en esta enmienda.Permite presentar acuse de inscripción o solicitud de inclusión del rubro si no se cuenta con RPE definitivo, activo y con la actividad requerida; indica que quien ya posee RPE con esas condiciones no está obligado a presentarlo físicamente.Relaja
Pliego, numeral 10, literal C, punto 2Autorización de la Superintendencia de BancosSe requería autorización vigente de la SIB para actuar como subagente de pago en el territorio nacional; era subsanable.Elimina ese requisito.RelajaQuita un control: Se elimina la autorización vigente de la Superintendencia de Bancos que verificaba la habilitación para operar como subagente de pago.
Pliego, numeral 10, literal C, punto 5Puntos físicos de pago y coberturaLa redacción anterior no consta en esta enmienda.Exige al menos 500 puntos de pago en la zona de concesión y presencia nacional, según el anexo 11; contempla declaraciones juradas para gestionar puntos faltantes, incluso en menos de 30 días desde la suscripción del contrato.Aclara
Pliego, numeral 13.2.1Criterio de adjudicación por loteLa redacción anterior no consta en esta enmienda.Calcula el costo estimado de cada lote con valores referenciales de recaudación y comisiones ofertadas, suma los costos de los servicios y adjudica cada lote al menor costo total; establece adjudicación en orden ascendente de lotes.Aclara
Pliego, numeral 13.2.2Restricción de adjudicación por oferenteEl cuadro anterior no consta en esta enmienda.

Otros documentos del proceso (20)

  • Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 27 dic de 2024 · 1 señal
  • 5. Pliego de Condiciones Contratación Serv Subagentes Recaudadores de Pagos v16.12.2024.pdfPliego · 27 dic de 2024
  • 318-2024 Acta de inicio Servicios Subagentes Recaudadores de Pago.pdfActa · 30 dic de 2024
  • 318-2024 Acta de inicio Servicios Subagentes Recaudadores de Pago.pdfPliego · 30 dic de 2024
  • Anexos.zipDocumento · 30 dic de 2024
  • EDs_Consultas al Proceso_090125.pdfDocumento · 9 ene de 2025
  • Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 7 feb de 2025
  • EDs_Consultas al Proceso_280125.pdfDocumento · 7 feb de 2025
  • Circular Numero 1.pdfCircular · 12 feb de 2025
  • Circular Numero 2.pdfCircular · 19 feb de 2025
  • Anexo 11. Cantidad Minima de Estafetas por Provincia.xlsxEnmienda · 3 mar de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Dispone que un oferente no podrá adjudicarse más de un lote, pero permite considerar la adjudicación si hay una sola oferta para un lote o si las ofertas habilitadas corresponden a oferentes ya adjudicados, aplicando el criterio de menor precio.
Relaja
Circular Núm.01 LPN-2024-0010.pdfEnmienda · 3 mar de 2025 · 1 señal
  • Ejemplo cálculo criterio Licitación Subagentes.xlsxEnmienda · 3 mar de 2025
  • Especificaciones Técnicas Contratación Subagentes Recaudadores Pago v13022025.pdfEnmienda · 3 mar de 2025 · 2 señales
  • Formulario Presentación Oferta Económica (SNCC.F.033) v2.docxEnmienda · 3 mar de 2025
  • Proyección de Recaudación 2025-2026.xlsxEnmienda · 3 mar de 2025
  • EDs_Consultas al Proceso_090125.pdfDocumento · 10 mar de 2025
  • EDs_Consultas al Proceso_280125.pdfDocumento · 10 mar de 2025
  • LPN-2024-0010.pdfCircular · 10 mar de 2025
  • 071-2025.pdfDocumento · 19 mar de 2025