El informe pericial, fechado el 27 de noviembre de 2024, describe la renovación por 12 meses de diez renglones de licencias y soporte para auditoría y trazabilidad de datos, y recomienda considerar la modalidad de proveedor único. Identifica a Concentra Cid Correa, SRL como canal autorizado de Varonis para República Dominicana. El informe estima RD$7,000,000, cifra distinta de los RD$6,678,543.20 consignados en el portal y en la certificación de fondos; posteriormente, el proceso fue adjudicado a Concentra por RD$6,010,690.38.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe fija un presupuesto estimado de RD$7,000,000, mientras que el portal y la certificación de fondos consignan RD$6,678,543.20, una diferencia de RD$321,456.80. La adjudicación posterior fue inferior a ambas cifras, pero conviene reconciliar cuál estimación sustentó la preparación presupuestaria y el procedimiento.
“El presupuesto estimado para la renovación del software de auditoría y trazabilidad de datos es de siete millones con cero pesos 00/100 (RD$7.000,000.00).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
La recomendación menciona el Reglamento 543-12 como reglamento vigente, aunque para esta convocatoria de marzo de 2025 regía el 416-23, que derogó aquel reglamento. Puede tratarse de un arrastre de referencia, pero corresponde verificar que la aprobación de la excepción se fundamentara en el marco vigente.
“...y el reglamento vigente de aplicación. 543-12 y, si lo entendiese oportuno al interés institucional, autorice a celebrar un proceso de excepción...”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 251 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 251 — Derogaciones
Artículo 251. Derogaciones. A partir de la entrada en vigencia del presente reglamento, queda derogado el Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras núm. 543-12, del 6 de septiembre de 2012, así como toda disposición contenida en reglamentos, decretos, así como normas de igual o menor jerarquía, que le sean contrarias.
Concentra Cid Correa, SRLEl informe la identifica como canal autorizado de Varonis para República Dominicana; según el acta de adjudicación resumida en los antecedentes del proceso, cumplió la documentación legal y técnica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona