El Acta núm. 107-2025, de fecha 2025-02-24, aprueba el informe de evaluación económica y adjudica a Romiva, SRL la adquisición de neumáticos para motocicletas. El monto adjudicado, incluido el ITBIS, es RD$5,289,311.65.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$5,289,311.65; el monto estimado informado por el portal es RD$5,289,313.50, una diferencia de RD$1.85. El portal registra un solo oferente, por lo que el resultado merece revisión de la razonabilidad del precio y de la competencia efectiva, sin que la proximidad al estimado por sí sola pruebe una irregularidad.
“Monto Total Adjudicado Con Itbis: RD$5,289,311.65”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El acta consigna que dos artículos se digitaron intercambiados entre ambos suplidores. No precisa cómo se verificó o corrigió la asignación de precios por artículo; conviene contrastar la oferta original y la evaluación para confirmar la trazabilidad y que la comparación económica no se alteró.
“Este proceso tubo un error humano al momento de cargar la oferta económica o cotización en el portal transaccional., dos artículos se digitaron intercambiados de ambos suplidores.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Reglamento 416-23, art. 123 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
Reglamento 416-23, artículo 123 — Aclaración de las ofertas
Artículo 123. Aclaración de las ofertas. La aclaración es la solicitud por escrito, en formato papel o electrónico, realizada a los oferentes acerca de sus ofertas, por el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, dentro del plazo señalado en el pliego de condiciones. Los oferentes también deberán responder a las aclaraciones por escrito, en el plazo señalado y no podrán alterar el contenido de la oferta original, ni violentar el principio de igualdad y libre competencia entre los oferentes. Párrafo. La institución podrá solicitar aclaraciones tanto de la oferta técnica como de la económica, respetando en cada caso las etapas de…
Según el historial proporcionado, Romiva, SRL obtuvo 12 contratos de esta institución por RD$48,509,973 en los 24 meses previos; esta acta añade una adjudicación de RD$5,289,311.65. Es un dato de concentración que puede servir para revisar la distribución de adjudicaciones, sin que por sí solo indique una infracción.
“El Comité de Compras y Contrataciones de la Policía Nacional ADJUDICA, a las empresas detalladas más abajo, por ser las más convenientes para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta la calidad e idoneidad de la oferta, ”
El acta declara que el Comité basa su trabajo en el Reglamento núm. 543-12, aunque la convocatoria de 2025 se rige por el Reglamento 416-23, vigente desde 2024. Es una referencia que conviene verificar frente a los criterios y trámites efectivamente aplicados; el documento no identifica una consecuencia concreta para la adjudicación.
“este Comité de Compras y Contrataciones de la Policía Nacional, realiza su trabajo basado en las disposiciones de la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones con modificaciones de la Ley 449-06 y su Reglamento de Aplicación .”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 1 · Reglamento 416-23, art. 251 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 1 — Objeto del reglamento
Artículo 1. Objeto del reglamento. Las disposiciones del presente reglamento tienen por objeto regular la aplicación de la Ley núm. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras y sus modificaciones.
Artículo 251. Derogaciones. A partir de la entrada en vigencia del presente reglamento, queda derogado el Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras núm. 543-12, del 6 de septiembre de 2012, así como toda disposición contenida en reglamentos, decretos, así como normas de igual o menor jerarquía, que le sean contrarias.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona