La Resolución de Adjudicación No. CCC-MIDE-2025-07, de 2025-02-20, adjudica a Suministros Sofvic, SRL, 850 pierneras verdes, 200 pierneras negras y 850 cascos tácticos por RD$6,150,750. El comité registra que solo Sofvic presentó oferta y fija un plazo máximo de tres días para la entrega desde la notificación de la adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La adjudicación de RD$6,150,750 supera en RD$938,250 (18 %) el estimado del portal, RD$5,212,500. Para bienes en 2025, el máximo de comparación de precios era RD$5,644,812.73; la adjudicación queda por debajo del límite de 10 % adicional previsto para la declaratoria de desierto, por lo que la diferencia amerita verificar presupuesto y evaluación, pero no establece por sí sola una infracción.
“Por el monto de seis millones ciento cincuenta mil setecientos cincuenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$6,150,750.00).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 136 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…
El acta afirma que solo Suministros Sofvic retiró el pliego y presentó propuesta. Sin embargo, los datos del portal suministrados registran también una oferta de Suplidora Ripeca, SRL, como cargada y pendiente, sin monto; conviene conciliar si fue presentada, retirada o si el registro refleja otro estado del proceso.
“A que durante el tiempo dispuesto para la inscripción en el proceso de comparación de precios antes indicado, solo los representantes de la empresa SUMINISTROS SOFVIC, SRL., retiraron el Pliego de Condiciones Específicas y presentaron su pr”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
La ficha técnica disponible en el expediente fijaba hasta cinco días hábiles desde la notificación; la resolución adjudica con un máximo de tres días. La reducción posterior a la presentación de ofertas cambia la obligación de ejecución y merece comprobarse frente a las condiciones aceptadas por los participantes.
“SEGUNDO: ADJUDICAR como al efecto ADJUDICA, a la empresa SUMINISTROS SOFVIC, SRL., los bienes indicados más abajo, debiendo entregar los mismos en un plazo no mayor a tres (03) días contados a partir de la notificación de adjudicación corre”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 9 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 9
ART. 9. Las compras y contrataciones públicas se regirán por las disposiciones de esta ley y su reglamentación, por las normas que se dicten en el marco de las mismas, así como por los pliegos de condiciones respectivos y por el contrato o la orden de compra o servicios según corresponda. PÁRRAFO I. En los casos de controversia se aplicarán para su resolución el orden de preferencia establecido en este artículo. PÁRRAFO II. Son fuentes supletorias de esta ley las normas del derecho público y, en ausencia de éstas, las normas del derecho privado.
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Suministros Sofvic, SRLEl comité aprobó la recomendación de los peritos y adjudicó los tres renglones. El acta indica que la oferta superó las evaluaciones técnicas.
Adjudicado
—
RD$6,150,750
Cambios que introduce (1)
Sección
Antes
Después
Efecto
Adjudicación, cláusula SEGUNDOPlazo de entrega de los bienes
La ficha técnica establecía un plazo máximo de cinco días hábiles desde la notificación de la adjudicación.
La resolución adjudica con un plazo máximo de tres días desde la notificación de la adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona