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Abriendo la ficha…

Pliego

3-Pliego de condiciones estandar Obras AMS-CCC-CP-2025-0001.pdf

Construcción de diferentes obras del presupuesto general municipal del año 2025 · Ayuntamiento Municipal del Seibo

Publicado el 23 feb de 2025Fechado el 18 feb de 202543 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AMS-CCC-CP-2025-0001

Lo que dice

El pliego, fechado el 19 de febrero de 2025, establece las condiciones para contratar cinco lotes de obras municipales con un presupuesto base total de RD$6,317,997. Fija un plazo máximo de ejecución de 90 días, evaluación técnica y financiera bajo cumple/no cumple y adjudicación por menor precio entre ofertas habilitadas. El cronograma prevé adjudicar el 18 de marzo y recibir la garantía de fiel cumplimiento al día siguiente.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Un día para presentar la garantía de fiel cumplimiento

Documento del 23 feb 2025 · hace 1 año

El cronograma fija la notificación de la adjudicación para el 18 de marzo y la presentación de la garantía para el 19 de marzo, apenas un día hábil después. El reglamento establece cinco días hábiles para presentarla, por lo que el plazo del pliego reduce el tiempo previsto para acreditar este control contractual.

“16. Adjudicación 18 de marzo de 2025 a las 16:35 PM 17. Notificación de adjudicación (artículo 134 Reglamento núm. 416-23) 18 de marzo de 2025 a las 16:50 PM 18. Plazo para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato 19 ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Criterio contradictorio para el índice de endeudamiento

Documento del 23 feb 2025 · hace 1 año

El pliego presenta inicialmente como condición de cumplimiento que el endeudamiento sea menor o igual a 1.5, pero en la tabla de evaluación indica que un índice superior a 1.5 cumple y uno inferior no cumple. La contradicción puede cambiar qué oferentes superan la evaluación financiera.

“Índice de Endeudamiento (IE) Pasivos Totales / Patrimonio CUMPLE:<=1.5 NO CUMPLE: > 1.5”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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A revisarHallazgo en documentos

Límite de participación y adjudicación a dos lotes

Documento del 23 feb 2025 · hace 1 año

Aunque el procedimiento contempla cinco lotes, el pliego restringe a dos los lotes en los que cada proveedor puede participar y ser adjudicado, sin explicar en esta cláusula el fundamento de la limitación. Esto reduce las oportunidades de competir por los demás lotes y merece revisión frente a la exigencia de condiciones objetivas y competencia efectiva.

“Los proveedores podrán participar en dos (2) los lotes y les podrá ser adjudicados hasta dos (2) lotes, el de mayor volumen económico.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

La etiqueta de no subsanable puede abarcar credenciales

Documento del 23 feb 2025 · hace 1 año

El pliego marca como “No subsanable” toda la documentación técnica, pero dentro de esa categoría incluye evidencia de experiencia, equipo y personal, que pueden constituir credenciales del oferente. La amplitud de la etiqueta deja incierto si se permitirá subsanar documentos relativos a credenciales, para los que el reglamento contempla subsanación bajo ciertas condiciones.

“11.1.2 Documentación técnica: [No subsanable]”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación

Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…

ContextoHallazgo en documentosRD$1 millones

Número de proyectos de experiencia expresado de forma incompatible

Documento del 23 feb 2025 · hace 1 año

El requisito fija un mínimo de “tres (2)” proyectos de experiencia, sin que el texto permita determinar si exige dos o tres. Como la experiencia es un criterio habilitante, esa discrepancia puede producir evaluaciones distintas de la capacidad de los oferentes.

“Presentar evidencia de experiencia en mínimo tres (2) proyectos ejecutando obras civiles de un monto aproximado a RD$1,000,000.00.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

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Otros documentos del proceso (7)

  • 01-Solicitud de Compras AMS-CCC-CP-2025-0001.pdfSolicitud de compra · 23 feb de 2025
  • 4-Acta Aprobacion y Conocimiento del Pliego AMS-CCC-CP-2025-0001.pdfPliego · 23 feb de 2025 · 1 señal
  • 6-Dictamen Juridico AMS-CCC-CP-2025-0001.pdfPliego · 23 feb de 2025 · 1 señal
  • Documentos anexos editables.zipDocumento · 23 feb de 2025
  • LISTADO DE PARTIDAS DE LOS LOTES.rarDocumento · 23 feb de 2025
  • 13-ACTA DE ADJUDICACION AMS-CCC-CP-2025-0001.pdfActa de adjudicación · 19 mar de 2025
  • Informe final del portalDocumento · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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