El informe técnico pericial, fechado el 20 de enero de 2025, recomienda contratar mediante excepción por selección competitiva una plataforma electrónica para el servicio de almuerzo, por RD$14,500,000. Señala que SISALRIL había convocado tres procesos similares desde 2023 con participación de un solo proveedor y que, en procesos comparables de otras instituciones, participaron cinco proveedores; estima que el monto cubriría lo que restaba de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe atribuye la causal de exclusividad al numeral 5 del artículo 6 y la relaciona con el patrón de participación, aunque la exclusividad está prevista en el párrafo I, numeral 3, y el numeral 5 añadido por la Ley 6-21 se refiere a vacunas. Además, el propio informe menciona cinco proveedores en procesos similares; conviene verificar qué evidencia concreta sustentó la exclusividad para esta plataforma y si se acreditó conforme al reglamento.
“Seton to establecido por la ley 340-06, art.6, numera1 5, donde se determin6 la aplicaci6n de excepciones, y se establece q ue 1os procesos de compra y contrataciones: 5) 1as compras y contrataciones de £)feces o sewicios con exclusivldad o”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 6 · Reglamento 416-23, art. 54 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 6
ART. 6. Se excluyen de la aplicación de la presente ley los procesos de compras y contrataciones relacionados con: 1) Los acuerdos de préstamos o donaciones con otros Estados o entidades de derecho público internacional, cuando se estipule en dichos acuerdos, en cuyos casos se regirán por las reglas convenidas, en caso contrario se aplicará la presente ley. 2) Operaciones de crédito público y la contratación de empleo público, que se rigen por sus respectivas normas y leyes; 3) Las compras con fondos de caja chica, las que se efectuarán de acuerdo con el régimen correspondiente; 4) La actividad que se contrate entre entidades del sector público. PÁRRAFO. Serán considerados casos de…
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
El informe estima RD$14,500,000 para cubrir lo que restaba de 2025, mientras que el resumen del pliego del expediente describe un contrato de un año. La diferencia entre el período presupuestado y el plazo contractual merece verificarse para determinar cómo se relacionan el monto, el alcance y la duración del servicio.
“Recomendamos la gesti6n de procedimiento de excepci6n por selecci6n competitiva, por la puma de catorce millones quinientos mil pesos con 00/00 (RD $14,500,000.00), que se90n la estimaci6n podria cubrir el gasto por 1o que queda del af\o 20”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Inversiones Siurana, SRLEl informe la identifica como el único proveedor participante en tres procesos anteriores de SISALRIL desde 2023; no consigna su estado de oferta en este procedimiento.
Mencionado
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Grupo HicianoMencionado como uno de dos proveedores adjudicatarios en procesos similares de otras instituciones; no consta como oferente de este procedimiento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona