La Resolución núm. 11-2025, de fecha 2025-02-14, adjudica el proceso de urgencia FAD-MAE-PEUR-2025-0002 a Comercializadora Netofa, SRL por RD$6,238,247.00, Bem, SRL por RD$4,641,819.10 y Aris Uniformes e Insignia Militares, SRL por RD$18,402,432.98. La resolución aprueba el informe de recomendación del 10 de febrero y ordena notificar a los oferentes y requerir a los adjudicatarios garantías de fiel cumplimiento con vigencia de un año.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta relaciona el procedimiento de urgencia con un desfile previsto para el 27 de febrero y consigna que la convocatoria se realizó el 27 de enero. La norma define la urgencia mediante acontecimientos fortuitos, inesperados e imprevisibles; corresponde verificar cuándo surgió la necesidad y qué circunstancias concretas justificaron acudir a esta modalidad, pues el acta no las detalla.
“Que, el día (27) del me de enero del año 2025, la Fuerza Aérea de República Dominicana, realizó el llamado para el proceso de urgencia de referencia "FAD-MAE-PEUR-2025-0002"... para la Adquisición de propiedades militares para ser utilizada”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 6 · Reglamento 416-23, art. 53 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 6
ART. 6. Se excluyen de la aplicación de la presente ley los procesos de compras y contrataciones relacionados con: 1) Los acuerdos de préstamos o donaciones con otros Estados o entidades de derecho público internacional, cuando se estipule en dichos acuerdos, en cuyos casos se regirán por las reglas convenidas, en caso contrario se aplicará la presente ley. 2) Operaciones de crédito público y la contratación de empleo público, que se rigen por sus respectivas normas y leyes; 3) Las compras con fondos de caja chica, las que se efectuarán de acuerdo con el régimen correspondiente; 4) La actividad que se contrate entre entidades del sector público. PÁRRAFO. Serán considerados casos de…
Reglamento 416-23, artículo 53 — Procedimiento de excepción por urgencia
Artículo 53. Procedimiento de excepción por urgencia. Se consideran urgentes los procedimientos para adquirir bienes, servicios u obras para atender necesidades provocadas por acontecimientos fortuitos, inesperados, imprevisibles, inmediatos, concretos y probados, que impactan al interés público y se encuentran en el ámbito de acción de una institución pública. En estos casos, no resulta posible la aplicación de los procedimientos de selección ordinarios en tiempo oportuno. No serán considerados criterios válidos para declarar la urgencia de la compra o contratación las razones establecidas en la ley, que son las siguientes: 1. La dilación en el accionar de los funcionarios intervinientes.…
La resolución exige una garantía de fiel cumplimiento con vigencia de un año, sin vincular expresamente su vencimiento a la liquidación del contrato. Conviene verificar que el plazo cubra efectivamente esa etapa, dado que el reglamento prevé que la garantía se mantenga vigente hasta la liquidación.
“Debiendo los adjudicatarios en el plazo de cinco (5) días hábiles a partir de la notificación, acordado en el del referido proceso, constituir la Garantía Bancaria de fiel cumplimento de Contrato, correspondiente al 4% del Monto total adjud”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
Galusa Import, SRLEl acta registra su participación y apertura de oferta económica, pero no la incluye entre las adjudicatarias ni indica expresamente su resultado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docx