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Pliego

SOLICITUD DE PROPUESTA DE CONTRATACION PEPU-2025-02.pdf

Adquisicion de Reteplasa IV 18mg/10 ml vial · Programa de Medicamentos Esenciales

Publicado el 18 feb de 2025Fechado el 17 feb de 202511 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso PROMESECAL-CCC-PEPU-2025-0002

Lo que dice

El documento, fechado el 18 de febrero de 2025, solicita a Sean Dominican, S.R.L. una propuesta mediante contratación directa por proveedor único para adquirir 216 viales de Reteplasa IV 18 mg/10 ml destinados al programa PRONARCOR. Fija la recepción de ofertas para el 26 de febrero y prevé entregas entre abril y diciembre de 2025; no decide la adjudicación. El portal registra una oferta y un contrato por RD$12,960,000.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Exclusión futura vinculada a estar bajo investigación

Documento del 18 feb 2025 · hace 1 año

El pliego establece que un oferente no podrá participar en procesos de la entidad en los renglones afectados cuando se encuentre bajo investigación de un organismo estatal. La cláusula merece revisión porque vincula la exclusión a la existencia de una investigación, sin que el texto la condicione a una determinación final de incumplimiento o a una inhabilitación.

“…no podrá participar en los procesos de compras convocados por la Entidad Contratante, en los renglones afectados por la falta de calidad comprobada o cuando el oferente se encontrare en algún proceso de investigación por parte del Minister”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 14 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 14

ART. 14. No podrán ser oferentes ni contratar con el Estado las siguientes personas: 1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Subcontralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo para firmar podría exceder el máximo reglamentario

Documento del 18 feb 2025 · hace 1 año

El pliego cuenta los veinte días hábiles para firmar desde el depósito de la garantía, no desde la notificación de la adjudicación. Como la garantía puede presentarse hasta cinco días hábiles después de esa notificación, la redacción podría permitir que el plazo total supere el máximo de veinte días hábiles desde la notificación.

“El plazo máximo y término que tiene el oferente adjudicado para la firma del contrato será veinte (20) días hábiles a partir del depósito de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, por ante la Dirección Jurídica.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Vigencia de la garantía termina en una fecha fija

Documento del 18 feb 2025 · hace 1 año

El pliego fija el vencimiento de la garantía de fiel cumplimiento para el 31 de diciembre de 2025, aunque el reglamento prevé que se mantenga vigente hasta la liquidación del contrato. Si la recepción conforme o la liquidación se producen después de esa fecha, podría quedar un período sin cobertura.

“La misma debe tener un tiempo de vigencia hasta el día treinta y uno (31) del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025), y será reembolsable al cumplimiento del Contrato.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…

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Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Sean Dominican, S.R.L.El documento le solicita presentar una propuesta como proveedor único; no decide su habilitación ni adjudicación.MencionadoReteplasa IV 18 mg/10 ml vialRD$12,960,000

Otros documentos del proceso (14)

  • Acta de inicio Reteplasa IV .pdfActa · 18 feb de 2025
  • CARTA DE EXCLUSIVIDAD PEPU-2025-02.pdfDocumento · 18 feb de 2025
  • Convocatoria.pdfDocumento · 18 feb de 2025
  • FICHA TECNICA PEPU-2025-02.pdfPliego · 18 feb de 2025 · 1 señal
  • INFORME PERICIAL PEPU-2025-02.pdfInforme justificativo · 18 feb de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRA PEPU-2025-02.pdfSolicitud de compra · 18 feb de 2025 · 1 señal
  • FORMULARIO DE OFERTA ECONOMICAS (RETEPLASA) SNCC.F.033.xlsxDocumento · 18 feb de 2025
  • Enmienda I Cronograma.pdfEnmienda · 24 feb de 2025
  • ACTA DE ADJUDICACION PEPU-2025-02.pdfActa de adjudicación · 13 mar de 2025 · 1 señal
  • ACTA DE ADJUDICACION PEPU-2025-02.pdfActa de adjudicación · —
  • CONTRATO SEAN PEPU-2025-02.pdfContrato · —

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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