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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de Condiciones MITUR-CCC-CP-2025-0001 VF .pdf

CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA RELATIVA A LA GESTIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA DE LOS PROCESOS DE ESTE MITUR. · Ministerio de Turismo

Publicado el 13 feb de 202553 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MITUR-CCC-CP-2025-0001

Lo que dice

El pliego de febrero de 2025 establece las reglas de una comparación de precios para contratar una auditoría externa de la gestión financiera y presupuestaria del MITUR, con presupuesto base de RD$5,400,000 y alcance sobre el ejercicio fiscal enero-diciembre de 2023. Define requisitos de elegibilidad y solvencia, evaluación técnica y económica con ponderación 70/30, y condiciones de pago y ejecución del contrato.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.4 millones

Requisitos de prestigio internacional y antigüedad pueden limitar participantes

Documento del 13 feb 2025 · hace 1 año

El pliego exige reconocimiento o acreditación internacional y al menos diez años de operación, además de elegibilidad ante la Cámara de Cuentas. Son condiciones que pueden reducir sustancialmente el universo de firmas aptas para una auditoría estimada en RD$5,400,000; conviene verificar su proporcionalidad y cuántos proveedores podían cumplirlas.

“La firma de auditores privada debe tener la condición de elegible para tales fines por la Cámara de Cuentas de la República Dominicana … 1) Ser una firma de reconocido prestigio internacional o una firma de renombre local con acreditación”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentosRD$1.1 millones

Requisito de disponibilidad financiera por RD$1,080,000

Documento del 13 feb 2025 · hace 1 año

Además de estados financieros e indicadores, se exige acreditar disponibilidad en instrumentos de débito o crédito equivalente al 20% de la apropiación, es decir, RD$1,080,000 sobre el presupuesto base. Por tratarse de un servicio de auditoría, conviene verificar la relación de ese requisito de liquidez inmediata con los costos y riesgos de ejecución.

“Presentar pruebas que evidencien disponibilidad económica a través de la suma de instrumentos de débito (cuentas corrientes, certificados, cuentas de ahorro, entre otros) o la suma de instrumentos de crédito (líneas de crédito), tal que por”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

Se excluye a firmas con adjudicaciones vigentes del MITUR

Documento del 13 feb 2025 · hace 1 año

El pliego condiciona la adjudicación a que el oferente no tenga adjudicaciones vigentes con esta entidad al momento de la convocatoria, sin vincular la exclusión a una evaluación de su capacidad disponible para ejecutar este contrato. La regla puede reducir la competencia y merece revisión de su proporcionalidad.

“Este procedimiento de contratación sólo podrá ser adjudicado a aquellos oferentes que al momento de la convocatoria de este procedimiento no se encuentra con adjudicaciones vigentes de contrataciones realizadas por esta entidad contratante,”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

El porcentaje del anticipo aparece con reglas distintas

Documento del 13 feb 2025 · hace 1 año

Una cláusula fija un anticipo de 10% para adjudicatarios en general y 20% para MIPYMES, mientras que la sección de pagos establece un avance de 20% sin distinguir entre ellas. La diferencia puede generar incertidumbre en la preparación de ofertas y en las obligaciones de pago.

“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el presente pliego, asciende al diez por ciento (10%) del valor del Contrato y a un 20% si se trata de un oferente certificado como”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance

Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.

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A revisarHallazgo en documentos

Puntajes técnicos dependen de comparaciones entre oferentes

Documento del 13 feb 2025 · hace 1 año

Varios criterios asignan puntos según la posición relativa de cada firma y descuentan puntaje a las siguientes, pero el pliego no define en el fragmento citado cómo resolver empates o medir de manera uniforme cuánto supera cada oferta el requisito. Esa metodología puede influir en la calificación técnica y en el resultado de la ponderación 70/30.

“() En este criterio evaluado, la puntuación máxima se le otorgará a los que presenten evidencia de poseer más el requerimiento indicado en la descripción del criterio, y se descontará un punto a los que queden en la segunda posición, dos a ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

ContextoHallazgo en documentos

La experiencia reciente puntúa según cantidades mínimas exigidas

Documento del 13 feb 2025 · hace 1 año

El esquema de puntuación incluye cinco trabajos en el sector privado y al menos uno en el sector público durante el último año. Dado que se trata de criterios puntuables y no se aporta aquí una justificación de su relación con el alcance, conviene comprobar su proporcionalidad y su efecto en la competencia.

“1.3 Cantidad de trabajos realizados en el último año. Se requiere un mínimo de cinco (5) en el sector privado … 1.4 Cantidad de trabajos realizados en el último año. Se requiere un mínimo de un (1) trabajo en una entidad del sector”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Oferentes que registra (2)

1 adjudicado · 1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
HLB Auditores & Consultores, SRLEl portal registra un contrato activo y confirmado por RD$3,752,999; la oferta aparece cargada/pendiente con monto RD$0.AdjudicadoLote 1RD$3,752,999
Campusano & Asociados, SRLEl portal registra una oferta cargada/pendiente; el pliego no consigna su evaluación ni adjudicación.MencionadoLote 1RD$4,130,000

Otros documentos del proceso (28)

  • SOLICITUD DE COMPRAS - 0001.pdfSolicitud de compra · 12 feb de 2025 · 1 señal
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  • ADP - 0001.pdfDocumento · 12 feb de 2025
  • ACTA DE INICIO - 0001.pdfPliego · 13 feb de 2025 · 1 señal
  • CONVOCATORIA - 01.pdfDocumento · 13 feb de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 13 feb de 2025
  • Borrador de Formulario de Debida Diligencia PF (1) (1) (1).docxDebida diligencia · 13 feb de 2025
  • Borrador de Formulario Debida Diligencia PJ fin (1) (1).docxDebida diligencia · 13 feb de 2025
  • Codigo de Etica y Valores MITUR. _.pdfDocumento · 13 feb de 2025
  • Compromiso Etico de Proveedores.docxDocumento · 13 feb de 2025
  • DECLARACION JURADA PERSONAS JURIDICAS (4).docDocumento · 13 feb de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 13 feb de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 13 feb de 2025
  • ACTA DE ADJUDICACION - 01.pdfActa de adjudicación · 25 mar de 2025
  • ACTA DE ADJUDICACION - 01.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTA DE HABILITACION - 0001.pdfActa · —
  • ACTA NOTARIAL SOBRE B - 0001.pdfActa · —
  • Contrato Ejecución de Servicios.docxContrato · —
  • EG1742996567758zgf6G.pdfDocumento · —
  • INFORME DE EVALUACION DEFINITIVA DE OFERTA TECNICA - 0001.pdfInforme de evaluación · —
  • INFORME DE EVALUACION ECONOMICA FINAL - 0001.pdfInforme de evaluación · —
  • INFORME DE EVALUACION ECONOMICA PRELIMINAR - 0001.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —