El Acta núm. 007-2025, de 2025-02-12, aprueba el informe pericial y adjudica a Suplidora Mundo OP, S.R.L. el alquiler del local por US$231,280, pagaderos en pesos a la tasa de venta del Banco Central vigente al facturarse. El acta consigna una apropiación de RD$14,110,994.12 y ordena una garantía de fiel cumplimiento de RD$143,394; describe el plazo como 24 meses, aunque en la misma frase aparece «veinticuatro (22)».
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta informa que el acto puede reclamarse o impugnarse mediante un recurso jerárquico en sede administrativa. El reglamento prevé primero la impugnación ante la institución contratante y luego, si corresponde, el recurso jerárquico ante la DGCP; conviene verificar que el aviso no induzca a omitir la primera instancia.
“QUINTO: INFORMA que el presente octo odministrotivo puede ser obieto de … reclomoción o impugnoción o trovés de un recurso ierórquico en sede … en un plozo no moyor de diez (10) díos hóbiles o portir de lo fecho, con:orme”
Artículo 214. Vías recursivas. Las vías recursivas en sede administrativa son los procedimientos permitidos por la ley y el presente reglamento, que tienen por objeto la impugnación de los actos administrativos ante la propia institución contratante o ante la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector, con el fin de ejercitar un derecho afectado por las partes que resulten perjudicadas y que buscan obtener la modificación o revocación del referido acto administrativo. Párrafo. En la materia, el proceso recursivo se divide en dos instancias o etapas: 1) La primera etapa que se debe agotar es el recurso de impugnación ante la propia institución contratante. 2) De no estar…
Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación
Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…
Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación
Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…
El acta registra una apropiación de RD$14,110,994.12, pero adjudica US$231,280 convertibles a pesos según la tasa vigente al facturarse y fija una garantía de RD$143,394, equivalente al 1% de una base de RD$14,339,400. Además, el portal registra un contrato de RD$14,422,859 frente a una oferta de RD$14,110,994, aunque lo identifica como modificado; conviene conciliar la apropiación, el monto adjudicado, el tipo de cambio y la modificación registrada.
“por un valor de CATORCE MILLONES CIENTO DIEZ MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS DOMINICANOS CON 12/100 (RD$14,110,994.12). … por la suma total de DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA DÓLARES NORTEAMERICANOS CON 00/100 (US$231,”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Suplidora Mundo OP, S.R.L.Adjudicada como proveedor único, conforme a la recomendación del informe pericial de evaluación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona