El Acto Administrativo núm. 008-2025, de 2025-02-11, aprueba el informe de evaluación económica y adjudica a Inineca, S.R.L. la adquisición de placas metálicas por RD$18,710,000. El monto adjudicado supera en RD$2,426,166 el costo estimado y la certificación de fondos de RD$16,283,834 consignados en los antecedentes del proceso; el acto no indica una actualización de esa certificación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$18,710,000, frente al costo estimado y certificación de fondos de RD$16,283,834 consignados en los antecedentes del proceso: una diferencia de RD$2,426,166 (14.9%). Conviene verificar si antes de la adjudicación se emitió una certificación presupuestaria actualizada y suficiente; el documento no la menciona.
“ADJUDICAR el procedimiento de Licitación Pública Nacional número DGII-CCC-LPN-2024-0009, para el proyecto Adquisición de Placas Metálicas para Vehículos de Motor DGII, 2024-2025, en virtud de lo establecido en los artículos 26 de la Ley núm”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Según la consulta de DGII del 2026-09-27 aportada como contexto, la actividad principal de Inineca figura como ejecución y mantenimiento de instalaciones eléctricas y electrónicas, mientras que el acta le adjudica el suministro de placas metálicas. Ese dato es posterior al proceso y no prueba cuál era su actividad entonces ni descarta que pudiera suministrar las placas; conviene verificar su capacidad y actividad registrada al momento de la oferta.
“ADJUDICAR el procedimiento de Licitación Pública Nacional número DGII-CCC-LPN-2024-0009, para el proyecto Adquisición de Placas Metálicas para Vehículos de Motor DGII, 2024-2025, en virtud de lo establecido en los artículos 26 de la Ley núm”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Inineca, S.R.L.Adjudicada como única oferta, tras ser habilitada y evaluada como cumplidora del criterio de menor precio entre las ofertas que cumplieran los requisitos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona