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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego Estandar subasta inversa Vehiculos 2025-0001.pdf

Adquisición de Vehículos para la Actualización de de la flotilla Vehicular del Ministerio · Ministerio de Energía y Minas

Publicado el 11 feb de 202564 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MEM-CCC-SI-2025-0001

Lo que dice

El pliego del proceso MEM-CCC-SI-2025-0001 convoca una subasta inversa para 16 camionetas y 8 vehículos 4x4, con valores estimados por lote de RD$50,492,800 y RD$36,902,400, respectivamente. Establece una mejora mínima de puja del 1%, una duración de 30 minutos y un mínimo de dos oferentes habilitados y conectados para iniciar la puja. El pliego presenta requisitos financieros exigentes y dos estándares distintos de garantía para los vehículos.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

Línea de crédito exigida por la mitad del valor ofertado

Documento del 11 feb 2025 · hace 1 año

Además de estados financieros de dos años y dos cartas bancarias, el pliego exige una línea de crédito vigente equivalente al 50% de la oferta. Por su peso económico, conviene verificar que este requisito sea proporcional a la complejidad y ejecución del suministro y que no limite irrazonablemente la participación.

“Dos (2) Cartas bancarias de referencia. ... Presentación de carta de línea de crédito vigente de 50% de la oferta presentada.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentos

Dos estándares distintos para la garantía de los vehículos

Documento del 11 feb 2025 · hace 1 año

El pliego indica una garantía mínima de 3 años en las especificaciones, pero en la matriz de evaluación técnica exige 60 meses. La diferencia puede afectar la preparación y evaluación de ofertas al no dejar claro cuál estándar de garantía será exigible.

“3 años o 100,000 KM de garantía mínima, garantía de piezas y Servicios ... Copia fotostática del certificado de garantía del vehículo ofertado (60 meses o 100,000 kilómetros)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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Otros documentos del proceso (19)

  • Codigo de pautas etica e integridad.pdfDocumento · 11 feb de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 11 feb de 2025
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  • Solicitud de Compra.pdfSolicitud de compra · 11 feb de 2025
  • Acta de Inicio.pdfPliego · 11 feb de 2025
  • Permisos Presidencia.pdfDocumento · 11 feb de 2025
  • Acta de Peritos.pdfInforme pericial · 11 feb de 2025
  • Carta de Consultas MEM.pdfDocumento · 11 feb de 2025
  • INFORMACION MEM 2025.pdfDocumento · 13 feb de 2025
  • INFORMACION MEM 2025.pdfDocumento · 14 feb de 2025
  • contrato-ejecucion-de-bienes (1).docxContrato · 17 feb de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica (1).docxContrato · 17 feb de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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