La certificación podría no cubrir dos ítems registrados en el portal
· hace 1 año
La certificación cubre RD$5,644,000 para un generador; el portal registra dos ítems de una unidad cada uno, ambos estimados en RD$5,644,000, lo que sumaría RD$11,288,000 si fueran adquisiciones distintas. Podrían ser descripciones alternativas o duplicadas del mismo equipo; conviene verificar cuál es el alcance presupuestado.
“para la adquisición que se especifica a continuación: (SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE GENERADOR ELÉCTRICO EXTERIOR DE 625 KVA TRIFÁSICO EN HOSPITAL ARISTIDES FIALLO CABRAL EN LA ROMANA.) PRESUPUESTO: CINCO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATR”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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