El Comité de Compras y Contrataciones aprobó el 5 de febrero de 2025 la Enmienda núm. 1 del proceso AYUNTAMIENTO SAN P.-CCC-CP-2025-0005. Modificó la certificación presupuestaria, agregó requisitos documentales y ajustó la regla sobre ofertas temerarias y la vigencia de la garantía; también dispuso actualizar el modelo de contrato conforme al Reglamento 416-23.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El considerando afirma que el proceso está dirigido a MIPYMES certificadas y domiciliadas en [domicilio omitido]. El documento no aclara si esa referencia constituye una condición de participación; conviene verificar que no se aplicara como filtro territorial o de tamaño empresarial.
“Que, para garantizar el Principio de Eficiencia que rige la materia de compras y contrataciones públicas, es necesario garantizar la mayor cantidad de propuestas válidas que puedan convenir a satisfacer los intereses de esta institución, al”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La enmienda añade matrícula profesional vigente del CODIA y estados financieros de ejercicios consecutivos certificados por auditores o CPA. Dado el valor estimado del proceso y su división en cinco lotes según los documentos del proceso, corresponde verificar si estas exigencias son proporcionales al valor y complejidad de cada lote y si no restringen injustificadamente la participación.
“Se MODIFICA la solicitud de documentaciones agregando el Certificado de Vigencia de Matrícula Profesional del CODIA, y puntualizando cuales de las documentaciones requeridas son No Subsanables, también requiriendo las documentaciones tales ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
La resolución dispone anexar planos con dimensiones, pero también decide no incorporar mapas ni detalles técnicos adicionales y deja las direcciones específicas y la guía de supervisión en manos de representantes de juntas de vecinos. Aunque los planos anexos podrían resolver parte de la precisión, conviene comprobar que cada lote tuviera información suficiente y verificable para cotizar y controlar las obras.
“ANEXAR al proceso de contratación de referencia los planos con las dimensiones para ser consultados por los participantes del proceso. … No se CONSIDERA necesario incluir especificaciones adicionales en las plantillas, así como incorporar m”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Cambios que introduce (5)
Sección
Antes
Después
Efecto
Documentación de los oferentesRequisitos profesionales y financieros
La documentación requerida por el pliego inicial, según describe la resolución.
Se agrega el Certificado de Vigencia de Matrícula Profesional del CODIA, se puntualizan documentos no subsanables y se requieren estados financieros de ejercicios consecutivos certificados por firma de auditores o CPA.
Endurece
Ofertas económicasCriterio de descalificación por ofertas temerarias
La redacción anterior podía aplicar el criterio también a ofertas con valores superiores.
Se establece que la posibilidad de descalificación por baja temeraria no se aplica a ofertas con valores superiores.
Relaja
Garantía de seriedad y mantenimiento de la ofertaVigencia de la garantía y mantenimiento de oferta
La vigencia y el plazo de mantenimiento según la redacción inicial del pliego.
Ambos se vinculan a la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato.
Aclara
Certificación de fondosEjercicio presupuestario y fuente de financiamiento
La documentación anterior consignaba fondos vinculados al presupuesto participativo de 2024, según el resumen de otros documentos del proceso.
Se modifica la certificación para verificar disponibilidad presupuestaria de 2025 y regularizar la fuente de financiamiento.
Aclara
Modelo de contratoActualización normativa
Modelo de contrato de bienes basado en el marco anterior.
Se actualiza el modelo para atender la entrada en vigor del Reglamento 416-23.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona