La Enmienda número 01-2025, fechada el 4 de febrero de 2025, modifica y aclara el pliego del proceso ASV-CCC-LR-2025-0001. Uniforma la nomenclatura del proceso y precisa la modalidad, el valor referencial de RD$6,100,000.00, condiciones de entrega y vigencias de garantías y contrato. También ordena comunicarla a los oferentes y publicarla en el SECP y el portal institucional.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La garantía queda vinculada al vencimiento contractual, no expresamente a la liquidación del contrato..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda establece que la garantía de fiel cumplimiento termina con el vencimiento del contrato. El artículo 202 del Reglamento 416-23 dispone que debe mantenerse vigente hasta la liquidación; si esta ocurre después del vencimiento contractual, podría existir un período sin esa cobertura.
“al tiempo aclaramos que la garantía del fiel cumplimiento del contrato esta vigente a hasta la fecha del vencimiento del contrato.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
Identificación del procesoNomenclatura del procedimiento
El documento refiere inconsistencias entre la nomenclatura del SECP, el acto de inicio y otros documentos, incluido uno que menciona comparación de precios.
Se aclara que la nomenclatura del proceso es ASV-CCC-LR-2025-0001.
Aclara
ModalidadFundamento de la licitación restringida
Según la enmienda, la elección de la modalidad no estaba justificada adecuadamente en el pliego.
El comité indica que eligió la licitación restringida por corresponder al umbral de la Resolución PNP-01-2025 y que el llamado público en el SECP permite participar en igualdad de condiciones.
Aclara
Valor y pagoValor referencial, impuestos y forma de pago
No se reproduce en la enmienda el texto previo sobre estas condiciones.
Se aclara un valor referencial y cotizado de RD$6,100,000.00, incluidos los impuestos, con pago contra entrega de los bienes.
Aclara
EntregaLugar de entrega
No se reproduce en la enmienda el lugar indicado previamente.
Se precisa como lugar de entrega el municipio de San Víctor, provincia Espaillat.
Aclara
Garantía de seriedad de la ofertaVigencia
No se reproduce en la enmienda el plazo previo.
Se fija la vigencia hasta el 17 de abril de 2025 a las 12:00, fecha indicada para la suscripción del contrato.
Aclara
Contrato y garantía de fiel cumplimientoVigencia del contrato y de la garantía
No se reproduce en la enmienda el plazo previo.
Se fija la vigencia del contrato hasta el 5 de diciembre de 2025 y se indica que la garantía de fiel cumplimiento estará vigente hasta el vencimiento del contrato.
RelajaQuita un control: La garantía queda vinculada al vencimiento contractual, no expresamente a la liquidación del contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona