El Acta de Adjudicación núm. 001-2025, emitida el 28 de enero de 2025, adjudica los cuatro lotes del proceso ASDO-CCC-CP-2024-0011 a Pedro Baldomero Reyes Muñoz, Grupo Indepro, Dimas de Jesús Rodríguez Echavarria y Luis Manuel Then Aponte. Los montos adjudicados suman RD$17,926,965.60.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna una garantía de RD$3,480 para Dimas de Jesús Rodríguez Echavarria, adjudicatario del lote 3 por RD$1,342,486.52; el 1% de esa oferta es RD$13,424.87. Conviene verificar el documento original de garantía y el cálculo aplicado, pues el monto registrado no alcanza el porcentaje previsto para la garantía de seriedad.
“TERCERO: DECLARA Y ADJUDICA en el caso del LOTE 3, a favor del ING. DIMAS DE JESUS RODRIGUEZ ECHAVARRIA … RD$1,342,486.52 … RD$3,480.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 196 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
El acta registra para el lote 4 una oferta de Grupo Indepro de RD$6,715,846.85 y adjudica a Luis Manuel Then Aponte por RD$6,858,592.83, una diferencia de RD$142,745.98. La adjudicación puede considerar criterios distintos del precio, pero corresponde verificarla frente a los criterios del pliego y la evaluación de las ofertas.
“Y otra oferta para el Lote 4 para construcción de la calle Crisantemo en el sector Bella colina, por un monto de SEIS MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS (RD$6,715,846.85) … CUARTO:”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
Oferentes que registra (5)
4 adjudicado · 1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Pedro Baldomero Reyes MuñozAdjudicatario del lote 1; el acta también registra una oferta suya para el lote 3.
Adjudicado
Lote 1
RD$6,107,904
Grupo Indepro, SRLAdjudicatario del lote 2; también presentó oferta para el lote 4.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona