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Pliego

Pliego de condiciones Contratacion de agencia montaje.pdf

Contratación de agencia especializada en montaje de eventos para la organización, logistica y ejecucion de cursos, talleres y seminarios de capacitación (dirigido a mipyme) Compras verdes · Ministerio de Administración Pública

Publicado el 30 ene de 202531 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MAP-CCC-CP-2025-0002

Lo que dice

El pliego del proceso MAP-CCC-CP-2025-0002 establece una contratación de lote único, dirigida a MIPYMES, para servicios de montaje de eventos, con presupuesto base de RD$5,600,000.00 y convocatoria prevista para el 30 de enero de 2025. Fija requisitos de experiencia y criterios puntuables, pero contiene discrepancias en el máximo de puntos económicos, una brecha en la escala de referencias y plazos distintos para el anticipo.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

El pliego asigna dos máximos distintos a la oferta económica

Documento del 30 ene 2025 · hace 1 año

El contenido anuncia un máximo de 20 puntos económicos, mientras que la sección de evaluación establece 15. La diferencia puede cambiar la ponderación relativa entre precio y evaluación técnica y, por tanto, la clasificación de ofertas.

“La evaluación de las ofertas económicas será bajo la metodología Combinada, El puntaje máximo asignado a la oferta económica es de 20 puntos ... La evaluación de las ofertas económicas será bajo la metodología Combinada, El puntaje máximo a”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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A revisarHallazgo en documentos

La escala de referencias no asigna puntaje a cuatro cartas

Documento del 30 ene 2025 · hace 1 año

El pliego exige al menos tres cartas, pero la escala puntúa como nivel bajo tres o menos y como nivel alto cinco o más, sin indicar cómo evaluar cuatro. Esto deja sin regla expresa la puntuación para una cantidad que puede cumplir el mínimo documental.

“Presentar al menos 3 Cartas de referencia de clientes previos del sector público y/o privado, de servicios ofrecidos en el último año donde se establezca los niveles de cumplimiento. ... No Adecuado (0-7): Presenta 3 o menos referencias (mí”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

La evaluación técnica incluye escalas cualitativas poco determinadas

Documento del 30 ene 2025 · hace 1 año

Para equipos audiovisuales, la escala distingue equipos “básicos” de aquellos de “alta calidad” que “exceden las expectativas”, sin precisar parámetros verificables para esas categorías. La valoración podría variar entre evaluadores y afectar la puntuación técnica.

“Adecuado (0-4): Los equipos incluidos son básicos y cumplen lo mínimo. Muy Adecuado (5-10): Los equipos incluidos son de alta calidad y exceden las expectativas.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

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A revisarHallazgo en documentos

Umbral de experiencia de ocho años en proceso dirigido a MIPYMES

Documento del 30 ene 2025 · hace 1 año

El pliego exige que la agencia acredite al menos ocho años de experiencia en eventos similares, específicamente de capacitación y formación. Ese umbral excluye a empresas con menos trayectoria, por lo que conviene verificar su proporcionalidad respecto del objeto y del carácter MIPYME del proceso.

“La agencia debe contar con al menos ocho años de experiencia en la organización de eventos similares, específicamente en el ámbito de capacitación y formación.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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ContextoHallazgo en documentos

El plazo del anticipo aparece como 15 y como 30 días

Documento del 30 ene 2025 · hace 1 año

Una cláusula prevé el anticipo dentro de 15 días desde la firma y registro del contrato; otra establece hasta 30 días desde esos mismos hitos. La divergencia deja incierto el plazo aplicable al primer pago, aunque ambas cláusulas contemplan un anticipo del 20%.

“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral, que asciende a un 20% si se trata de un oferente certificado como MIPYME, se hará en un plazo no mayor de 15 días días ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

Otros documentos del proceso (22)

  • Acta aprobacion comite y peritos.pdfInforme pericial · 30 ene de 2025 · 1 señal
  • Compromiso etico.pdfDocumento · 30 ene de 2025
  • Programa de actividades.xlsxDocumento · 30 ene de 2025
  • Requerimiento.pdfDocumento · 30 ene de 2025
  • Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 30 ene de 2025 · 1 señal
  • Acta aprobacion comite y peritos.pdfInforme pericial · 30 ene de 2025
  • MODELO DE CONTRATO DE SERVICIOS.docxContrato · 30 ene de 2025
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal.docxDocumento · 30 ene de 2025
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal (2).docxDocumento · 30 ene de 2025
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 30 ene de 2025
  • SNCC_F033 Formulario de Oferta Económica.docxDocumento · 30 ene de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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SNCC_F034 Presentacion de Oferta.docx
Documento · 30 ene de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 30 ene de 2025
  • Convocatoria.pdfDocumento · 30 ene de 2025
  • Acta de adjudicacion CP-2025-0002.pdfActa de adjudicación · 28 feb de 2025
  • Acta de adjudicacion CP-2025-0002.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de adjudicacion CP-2025-0002.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de apertura de sobre B CP-2025-0002.pdfActa · —
  • Contrato de ejecucion de servicios CP-2025-0013.pdfContrato · —
  • Cuota compromiso CP-2025-0002.pdfDocumento · —
  • Informe de recomendacion de adjudicacion CP-2025-0002.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe final del portalDocumento · —