La Resolución No. MIVHED/CCC/2025/013, de fecha 2025-01-24, aprueba la Enmienda No. 1 al pliego del proceso MIVHED-CCC-LPN-2024-0024. Entre otros cambios, establece que el plazo de ejecución comenzará con el registro del contrato ante la Contraloría y reduce la puntuación asignada a la experiencia del personal del Lote II.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce el peso de la experiencia profesional del gerente, arquitecto e ingenieros residentes en la evaluación de la capacidad del equipo propuesto..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Sección I, numeral 7 — Tiempo de ejecución de la obraInicio del cómputo del plazo de ejecución
Los trabajos se ejecutarán dentro de los plazos del pliego y de los planes de trabajo aprobados; no se especifica en este texto el hecho que inicia el cómputo.
Los plazos se cuentan a partir del registro del contrato ante la Contraloría General de la República.
Aclara
Sección I, numeral 12.1.3 — Evaluación técnica, Lote IIPuntuación de experiencia del personal
Gerente de proyectos: 7 puntos; arquitecto de proyecto: 5; ingenieros residentes I y II: 4 puntos cada uno.
Gerente de proyectos: 5 puntos; arquitecto de proyecto: 4; ingenieros residentes I y II: 3 puntos cada uno.
RelajaQuita un control: Reduce el peso de la experiencia profesional del gerente, arquitecto e ingenieros residentes en la evaluación de la capacidad del equipo propuesto.
Sección I, numeral 12.2 — Evaluación de oferta económicaPuntaje máximo económico
El puntaje máximo asignado a la oferta económica es de «MÍNIMO DE treinta (30) PUNTOS».
El puntaje máximo asignado a la oferta económica es de treinta (30) puntos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona