Cambios técnicos comunicados mediante circular
· hace 1 año
La circular acepta modificar dos especificaciones del pliego. El artículo 107 del Reglamento 416-23 dispone que las modificaciones se realicen mediante adenda o enmienda motivada; este documento se presenta como circular de respuestas y no identifica tal acto administrativo, por lo que conviene verificar cómo se formalizaron los cambios en el expediente.
“Se acepta modificar esta especificación para permitir medidas de aros a partir de 15 pulgadas, con el fin de ampliar las opciones disponibles en el mercado.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
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